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Legislación › Real Decreto 61/2006, de 31 de enero, por el que se determinan las especificaciones de gasolinas, gasóleos, fuelóleos y gases licuados del petróleo y se regula el uso de determinados biocarburantes.

ANEXO I

Comparación entre la redacción en vigor desde el 18 de febrero de 2006 y la del 5 de septiembre de 2010. Tachado: lo que se quitó (381 palabras). Subrayado: lo que se añadió (256 palabras). Volver al texto en vigor

ANEXO I
ESPECIFICACIONES DE LAS GASOLINAS Especificaciones de las gasolinas
Características
·
Unidad
de
medida
·
Límites (1)
·
Métodos de ensayo
·
Mínimos
·
Máximos
·
En EN 228 (2)
·
Normas
ASTM (13) (10)
·
Normas
UNE (13) (10)
·
Densidad a 15 ºC
·
kg/m3
·
720
·
775
·
EN ISO 3675
·
D 1298
·
UNE EN UNE-EN ISO 3675
·
·
·
·
·
EN ISO 12185
·
D 4052
·
UNE EN UNE-EN ISO 12185
·
Indice Índice de octano research (RON) (11)
·
·
95,0
·
– -
·
EN ISO 5164
·
D 2699
·
EN UNE-EN ISO 25164 5164
·
Indice Índice de octano motor (MON) (11)
·
·
85,0
·
– -
·
EN ISO 5163
·
D 2700
·
EN UNE-EN ISO 5163
·
Presión de vapor (DVPE)
·
kPa
·
·
·
EN ISO 13016-1
·
–
·
UNE EN UNE-EN 13016-1
·
– · Verano (3)
·
·
45
·
60
·
·
·
·
– · Invierno (4)
·
·
50
·
80
·
·
·
·
Destilación Destilación:
·
·
·
·
EN ISO 3405
·
D 86
·
UNE EN UNE-EN ISO 3405
·
– · Evaporado a 70 ºC verano (3)
·
%v/v
·
20
·
48 54 (*)
·
·
·
·
invierno (4)
·
%v/v
·
22
·
50 56 (*)
·
·
·
·
– · Evaporado a 100 ºC 100ºC
·
%v/v
·
46
·
71 74 (*)
·
·
·
·
– · Evaporado a 150 ºC
·
%v/v
·
75
·
– -
·
·
·
·
– · Punto final
·
ºC
·
– -
·
210
·
·
·
·
– · Residuo
·
%v/v
·
– -
·
2
·
·
·
·
VLI (10VP+ 7E70) (5)
·
·
– -
·
1.050 1.160(*)
·
·
– -
·
·
Análisis de los hidrocarburos:
·
·
·
·
·
·
UNE-EN ISO 22854
·
– · olefinas (6) (7) (8)
·
%v/v
·
– -
·
18,0
·
EN 14517 ISO 22854/ EN 15553
·
D 1319
·
EN 14517 UNE-EN ISO 22854
·
– · aromáticos (6) (7) (8)
·
%v/v
·
– -
·
35,0
·
EN 14517 ISO 22854/ EN 15553
·
D 1319
·
EN 14517 UNE-EN ISO 22854
·
– · benceno
·
%v/v
·
– -
·
1,0
·
EN 12177
·
·
UNE EN UNE-EN 12177
·
·
·
·
·
EN 238 ISO 22854
·
D 2267
·
UNE UNE-EN ISO 22854
·
·
·
·
·
EN 238
·
·
UNE-EN 238
·
Contenido en de oxígeno
·
%m/m
·
– -
·
2,7 3,7
·
EN 1601
·
·
UNE EN UNE-EN 1601
·
·
·
·
·
EN 13132/ EN ISO 13132 22854
·
·
UNE EN 13132 UNE-EN 13132/
·
·
·
·
·
·
·
UNE-EN ISO 22854
·
Oxigenados:
·
%v/v
·
·
·
EN 1601
·
·
UNE EN UNE-EN 1601
·
– · Metanol (9) (6)
·
·
– -
·
3
·
EN 13132/ EN ISO 13132 22854
·
·
UNE EN 13132 UNE-EN 13132/
·
– · Etanol (10) (7)
·
·
– -
·
5 10
·
·
·
UNE-EN ISO 22854
·
– · Alcohol isopropílico
·
·
– -
·
10 12
·
·
·
·
– · Alcohol tert-butílico
·
·
– -
·
7 15
·
·
·
·
– · Alcohol iso-butílico
·
·
– -
·
10 15
·
·
·
·
– Eteres · Éteres que contengan 5 átomos o más de carbono por molécula
·
·
– -
·
15 22
·
·
·
·
– · Otros compuestos oxigenados (11) (8)
·
·
– -
·
10 15
·
·
·
·
Contenido de azufre (12) (9)
·
mg/kg
·
–
·
50
-
·
EN ISO 20646
·
10
·
UNE EN ISO 20846
·
·
·
·
·
EN ISO 20847
·
·
UNE EN
UNE-EN ISO 20847 20846
·
·
·
·
·
EN ISO 20884
·
·
UNE EN UNE-EN ISO 20884
·
Contenido de plomo
·
g/f g/l
·
– -
·
0,005
·
EN 237
·
D 3237
·
EN UNE-EN 237
·
Corrosión lámina de cobre (3 horas a 50 ºC)
·
escala
·
– -
·
Clase 1
·
EN ISO 2160
·
D 130
·
UNE EN UNE-EN ISO 2160
·
Estabilidad a la oxidación
·
minutos
·
360
·
– -
·
EN ISO 7536
·
D 525
·
UNE EN UNE-EN ISO 7536
·
Contenido de gomas actuales (lavadas)
·
mg/100 ml mg/100ml
·
– -
·
5
·
EN ISO 6246
·
D 381
·
UNE EN UNE-EN ISO 6246
·
Color
·
·
Verde
·
·
·
·
Aspecto
·
·
Claro y
brillante
·
·
·
·
Aditivos y agentes trazadores
·
Regulados por la Orden del Ministerio de la Presidencia PRE/1724/2002, de 5 de julio, modificada por la Orden del Ministerio que se aprueban los trazadores y marcadores que deben incorporarse a determinados hidrocarburos para la aplicación de los tipos reducidos establecidos en la Presidencia Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales, modificada por la Orden PRE/3493/2004, de 22 de octubre.
·
NOTAS: Notas:
(1) Los valores indicados en la especificación son valores reales. Para determinar los valores límite, se ha recurrido a los términos del documento EN ISO 4259 "Petroleum products - Determination and application of precision data in relation to methods of test">(1) Los valores indicados en la especificación son valores reales. Para determinar los valores límite, se ha recurrido a los términos del documento EN ISO 4259 "Petroleum «Petroleum products - Determination and application of precision data in relation to methods of test". test». Para determinar un valor mínimo se ha tenido en cuenta una diferencia mínima de 2 R por encima de cero (R = reproductibilidad). reproducibilidad). Los resultados de las mediciones individuales deben interpretarse sobre la base de los criterios descritos en la norma EN ISO 4259 (publicada en 1995). 2006.
(2) Se han tenido en cuenta las especificaciones los especificados en la norma UNE EN 228 (2004), UNE-EN 228, pudiendo, no obstante, adoptarse otros métodos analíticos, siempre que éstos ofrezcan, al menos, la misma exactitud y el mismo nivel de precisión que los especificados en la norma citada.
Para más información sobre métodos analíticos y su prevalencia en caso de discrepancia, ver la norma UNE EN 228 (2204). UNE-EN 228.
Los métodos de ensayo a aplicar serán los correspondientes a la última versión publicada.
(3) Desde el 1 de mayo hasta el 30 de septiembre.
(4) Desde el 1 de octubre hasta el 30 de abril.
(5) Sólo durante los meses de abril y de octubre.
(6) En caso de utilización del método ASTM D1319:95ª, se tendrán en cuenta, tanto este punto (6) como el (7) y (8) siguientes. Deberá determinarse el contenido de compuestos oxigenados con el fin de realizar las correcciones previstas en la cláusula 13.2 del método ASTM D 1319 1995a.
(7) Si la muestra contiene etil-terbutil-eter (ETBE), la aromática se determinará a partir del anillo marrón rosáceo situado debajo del anillo rojo usado, normalmente en ausencia de ETBE. La presencia de ETBE será definida a partir del análisis descrito en la nota 10.
(8) En este caso, el método ASTM D-1319:1995a se aplicará sin la etapa opcional de despentanización. Por tanto, se omitirán las cláusulas 6.1, 10.1 y 14.1.
Si se usa el método EN 14517 no habrá que tener en cuenta los puntos (6), (7) y (8) indicados.
(9)
Deben añadirse agentes estabilizantes.
(10) (7) Pueden ser necesarios agentes estabilizantes. El etanol añadido cumplirá la especificación UNE-EN 15376.
(11) (8) Otros mono alcoholes y éteres con punto final de destilación no superior al establecido por la norma UNE EN 228 (2004). UNE-EN 228.
(12) El método EN ISO 20847 no será utilizado como método en caso de disputa. (9) Para la determinación hasta 10 ppm de azufre, se utilizarán indistintamente los las EN ISO 20846 y EN ISO 20884.
(13) (10) Los métodos de ensayo a aplicar serán los correspondientes a la última versión publicada, excepto en el caso de los siguientes métodos ASTM cuya versión a para los que se podrá aplicar será la versión que aquí se indica : indica: D 2699:1986; D 2700:1986 y D 2319:1995ª. 1319:1995.
(11) Se deberán calcular disminuyendo en dos décimas para poder ser comparados con los límites mínimos establecidos, salvo que se utilicen las normas D 2699:1986 y D 2700:1986.
(*) Valores provisionales hasta aprobación de la revisión de la norma EN 228.

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