Legislación › Orden
Orden SCO/393/2006, de 8 de febrero, por la que se establece la organización y funcionamiento del Banco Nacional de Líneas Celulares.
En vigor Ministerio de Sanidad y Consumo · Publicada el 18 de febrero de 2006 · Último cambio el 28 de abril de 2006 · Ver en el BOE
Índice
- Preámbulo
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Estructura y procedimiento de incorporación al Banco Nacional de Líneas Celulares. 2 redacciones · cambió el 28/04/2006
- Artículo 3. Principios.
- Artículo 4. Objetivos.
- Artículo 5. Funciones del Banco Nacional de Líneas Celulares.
- Artículo 6. Órganos del Banco Nacional de Líneas Celulares.
- Artículo 7. El Director del Banco Nacional de Líneas Celulares.
- Artículo 8. El Subdirector Técnico del Banco de Líneas Celulares. 2 redacciones · cambió el 28/04/2006
- Artículo 9. La Comisión Técnica.
- Artículo 10. Información, comunicación y difusión de resultados.
- Artículo 11. Deber de depósito de líneas estables de células troncales y su cesión al Banco.
- Artículo 12. Condiciones mínimas de depósito de las líneas células troncales humanas adultas y embrionarias con destino a la investigación y condiciones mínimas de acceso a líneas de células troncales humanas adultas y embrionarias procedentes de la investigación biomédica.
- Artículo 13. Ausencia de lucro.
- Artículo 14. Ubicación del Banco Nacional de Líneas Celulares.
- Disposición final única. Entrada en vigor.
- Firma
- ANEXO I
- ANEXO II


