Legislación › Orden
Orden ITC/913/2006, de 30 de marzo, por la que se aprueban el método de cálculo del coste de cada uno de los combustibles utilizados y el procedimiento de despacho y liquidación de la energía en los sistemas eléctricos insulares y extrapeninsulares.
Derogada o sin vigencia Ministerio de Industria, Turismo y Comercio · Publicada el 31 de marzo de 2006 · Último cambio el 25 de septiembre de 2013 · Ver en el BOE
Índice
- no 2 redacciones · cambió el 31/03/2006
- Preámbulo
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- Artículo 3. Definición de los sistemas aislados de los diferentes SEIE.
- CAPÍTULO II
- Artículo 4. Procedimiento de despacho de la generación. 2 redacciones · cambió el 25/09/2013
- Artículo 5. Cálculo del coste horario de generación de cada grupo de producción en régimen ordinario.
- CAPÍTULO III
- Artículo 6. Coste variable de generación horario de los grupos del régimen ordinario. 2 redacciones · cambió el 15/06/2010
- Artículo 6 bis. Parámetros aplicables al coste variable de generación horario.
- Artículo 7. Cálculo de los precios de combustible. 3 redacciones · cambió el 15/06/2010
- CAPÍTULO IV
- Artículo 8. Información a utilizar para realizar las liquidaciones. 2 redacciones · cambió el 15/06/2010
- Artículo 9. Precio final horario de generación. 3 redacciones · cambió el 15/06/2010
- Artículo 10. Periodicidad y frecuencia de las liquidaciones. 4 redacciones · cambió el 15/06/2010
- Artículo 11. Energías a liquidar. 3 redacciones · cambió el 15/06/2010
- Artículo 12. Metodología de cálculo de la liquidación de la energía. 4 redacciones · cambió el 15/06/2010
- Artículo 13. Compensación del efecto financiero derivado del error entre energía programada y medida. 3 redacciones · cambió el 15/06/2010
- Artículo 14. Cálculo de la prima que complementa el precio medio peninsular. 2 redacciones · cambió el 15/06/2010
- Artículo 15. Información a poner a disposición del operador del mercado por el operador del sistema para la realización de las liquidaciones. 2 redacciones · cambió el 15/06/2010
- Artículo 16. Información a remitir por el operador del sistema a la Comisión Nacional de Energía.
- Artículo 17. Información a remitir por el operador del mercado a la Comisión Nacional de Energía para el cálculo de las liquidaciones. 2 redacciones · cambió el 15/06/2010
- Disposición adicional primera. Periodicidad de los cálculos y de las liquidaciones.
- Disposición adicional segunda. Sistema de garantías de pago, de facturación, cargos y abonos. 3 redacciones · cambió el 15/06/2010
- Disposición adicional tercera. Inscripción en los registros administrativos. 2 redacciones · cambió el 31/12/2008
- Disposición adicional cuarta. Tipo de interés mensual a aplicar y prima para 2006. 2 redacciones · cambió el 15/06/2010
- Disposición adicional quinta. Cierre de energía en los SEIE.
- Disposición transitoria primera. Precios de combustible previsto para el primer semestre de 2006.
- Disposición transitoria segunda. Plazo para la realización de las pruebas y valores transitorios de los parámetros a utilizar en el cálculo del combustible para las instalaciones existentes. 2 redacciones · cambió el 15/06/2010
- Disposición transitoria tercera. Cálculo de las liquidaciones para los meses transcurridos del año 2006 hasta la entrada en vigor de orden.
- Disposición transitoria cuarta. Equipos de medida en puntos frontera transporte-distribución. 2 redacciones · cambió el 15/06/2010
- Disposición transitoria quinta. Sistema de Liquidaciones y Garantías. 2 redacciones · cambió el 31/12/2008
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Aplicación de la orden.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
- Firma
- ANEXO I
- ANEXO II
- ANEXO III
- ANEXO IV
- ANEXO V
- ANEXO VI
- ANEXO VII


