Legislación › Ley 4/2007, de 20 de abril, de coordinación de policías locales.
Artículo 37. Acceso a la categoría de oficial.
Artículo 37. Acceso a la categoría de oficial.
El acceso a la categoría de oficial se realizará:
a) Por promoción interna, mediante concurso-oposición, entre el personal del cuerpo que tenga un mínimo de tres años de antigüedad en la categoría de policía y esté en posesión de la titulación académica de acceso a la categoría.
b) (Sin contenido).
c) De no cubrirse la plaza o plazas a través de la convocatoria establecida en la letra a) de este artículo y de no cubrirse mediante el procedimiento de provisión previsto en el artículo 43, podrán ser cubiertas, mediante concurso-oposición, por personal funcionario de otros cuerpos de policía local de Galicia con la categoría de policía, en posesión de la titulación académica de acceso y una antigüedad de cinco años en la categoría.
Se deja sin contenido la letra b) y se modifica la letra c) por el art. 40.5 y 6 de la Ley 18/2021, de 27 de diciembre. BOE-A-2022-3415
Se modifica por el art. único.11 de la Ley 9/2016, de 8 de julio. BOE-A-2016-8269.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2022 En vigor | BOE-A-2022-3415 | Leer | Qué cambió |
| 13 de julio de 2016 | BOE-A-2016-8269 | Leer | Qué cambió |
| 23 de mayo de 2007 | Texto original | Leer |


