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Ley 5/2007, de 3 de abril, de la Red de Parques Nacionales.
Derogada o sin vigencia Jefatura del Estado · Publicada el 4 de abril de 2007 · Último cambio el 4 de diciembre de 2014 · Ver en el BOE
Índice
- co
- Preámbulo
- TÍTULO I
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Deberes de los poderes públicos.
- Artículo 3. Definiciones.
- TÍTULO II
- Artículo 4. Objetivos de la Red.
- Artículo 5. Funciones de la Administración General del Estado.
- Artículo 6. El Consejo de la Red.
- Artículo 7. Plan Director de la Red de Parques Nacionales.
- Artículo 7 bis. Declaración del estado de emergencia en Parques Nacionales.
- Artículo 7 ter.
- TÍTULO III
- Artículo 8. Objetivo de los Parques Nacionales.
- Artículo 9. Requisitos de los Parques Nacionales.
- Artículo 10. Declaración de Parques Nacionales.
- Artículo 11. Régimen de protección preventiva.
- Artículo 12. Contenido mínimo de la declaración de Parque Nacional.
- Artículo 13. Efectos jurídicos de la declaración de Parque Nacional.
- Artículo 13 bis. Autorización y concesión de actividades de servicios en un Parque Nacional.
- Artículo 14. Procedimiento de modificación de los límites de los Parques Nacionales.
- Artículo15. Pérdida de la condición de Parque Nacional.
- Artículo 16. Gestión de los Parques Nacionales.
- Artículo 17. Planes Rectores de Uso y Gestión.
- Artículo 18. Patronatos.
- Artículo 19. Desarrollo sostenible en las áreas de influencia socioeconómica.
- Artículo 20. Financiación y cooperación.
- Artículo 21. Acceso a la información y participación pública.
- Artículo 22. Acción Pública.
- Artículo 23. Infracciones y sanciones.
- Disposición adicional primera. Integración en la Red de Parques Nacionales.
- Disposición adicional segunda. Autorización para la creación de la Agencia Estatal Red de Parques Nacionales.
- Disposición adicional tercera. Prórroga de la vigencia del Plan Director de la Red de Parques Nacionales.
- Disposición adicional cuarta. Procedimientos de declaración y pérdida de la condición de los Parques Nacionales sobre aguas marinas de competencia estatal.
- Disposición adicional quinta. Pago de indemnizaciones.
- Disposición transitoria única. Aplicación provisional de la Ley 4/1989, de 27 de marzo, de Conservación de los Espacios Naturales y de la Flora y Fauna Silvestres.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Título competencial.
- Disposición final segunda. Adecuación de los Parques Nacionales existentes a la presente Ley.
- Disposición final tercera. Habilitación para el desarrollo reglamentario.
- Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
- Firma
- ANEXO


