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Ley 8/2007, de 23 de abril, de Fomento y Coordinación de la Investigación, el Desarrollo Tecnológico y la Innovación de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

En vigor Comunidad Autónoma de la Región de Murcia · Publicada el 23 de julio de 2008 · Último cambio el 10 de noviembre de 2018 · Ver en el BOE

Índice

  1. [preambulo]
  2. TÍTULO PRELIMINAR
  3. Artículo 1. Objeto.
  4. Artículo 2. Fines.
  5. Artículo 3. Principios informadores.
  6. TÍTULO I
  7. CAPÍTULO I
  8. Artículo 4. Órganos competentes.
  9. Artículo 5. Comisión Interdepartamental de Ciencia, Tecnología e Innovación.
  10. Artículo 6. Funciones de la Comisión Interdepartamental de Ciencia, Tecnología e Innovación.
  11. Artículo 7. Composición de la Comisión Interdepartamental de Ciencia, Tecnología e Innovación.
  12. Artículo 8. Consejo Asesor Regional de Ciencia, Tecnología e Innovación.
  13. Artículo 9. Composición del Consejo Asesor Regional de Ciencia, Tecnología e Innovación.
  14. Artículo 10. Funcionamiento.
  15. Artículo 11. Funciones del Consejo Asesor Regional de Ciencia, Tecnología e Innovación.
  16. Artículo 12. Unidad de gestión del plan regional de ciencia, tecnología e innovación. 2 redacciones · cambió el 10/11/2018
  17. Artículo 13. Funciones de la unidad de gestión del plan regional de ciencia, tecnología e innovación. 2 redacciones · cambió el 10/11/2018
  18. CAPÍTULO II
  19. Artículo 14. El Sistema Regional de Ciencia, Tecnología y Empresa.
  20. Artículo 15. Acreditación.
  21. TÍTULO II
  22. Artículo 16. Plan Regional de Ciencia, Tecnología e Innovación.
  23. Artículo 17. Contenido necesario del Plan.
  24. Artículo 18. Procedimiento de elaboración y aprobación.
  25. Artículo 19. Gestión, seguimiento y evaluación.
  26. TÍTULO III
  27. CAPÍTULO I
  28. Artículo 20. Registro de Centros e Instituciones de investigación y de investigadores.
  29. Artículo 21. Institutos de investigación.
  30. Artículo 22. Promoción de la cultura científico-tecnológica en el ámbito educativo.
  31. Artículo 23. Inversión de I+D+I.
  32. Artículo 24. Formación.
  33. Artículo 25. La actividad investigadora.
  34. Artículo 26. Movilidad del personal investigador.
  35. Artículo 27. Cofinanciación de actividades de investigación.
  36. CAPÍTULO II
  37. Artículo 28. Promoción de la investigación, el desarrollo tecnológico y la innovación en el tejido productivo.
  38. Artículo 29. Centros tecnológicos.
  39. Artículo 30. Apoyo a los sectores de alto contenido tecnológico.
  40. Artículo 31. Medidas de fomento de la inversión privada en I+D+I.
  41. Artículo 32. Red regional de transferencia de los resultados de la investigación.
  42. Artículo 33. Observatorio Regional de Ciencia y Tecnología.
  43. Artículo 34. Innovación y servicios públicos.
  44. Artículo 35. Iniciativas de desarrollo local e innovación tecnológica.
  45. Disposición adicional primera. Fomento de las carreras científicas y técnicas entre los estudiantes.
  46. Disposición adicional segunda. Régimen jurídico de determinados órganos.
  47. Disposición adicional tercera. Constitución de la Comisión Interdepartamental de Ciencia, Tecnología e Innovación.
  48. Disposición adicional cuarta. Constitución del Consejo Asesor Regional de Ciencia, Tecnología e Innovación.
  49. Disposición adicional quinta. Régimen provisional hasta la constitución de la Unidad de Gestión del Plan Regional de Ciencia, Tecnología e Innovación.
  50. Disposición adicional sexta. Organismos públicos de investigación.
  51. Disposición derogatoria.
  52. Disposición final primera. Desarrollo reglamentario.
  53. Disposición final segunda. Entrada en vigor.
  54. [firma]