Legislación › Ley 10/2008, de 10 de julio, del libro cuarto del Código Civil de Cataluña, relativo a las sucesiones.
Artículo 463-1. Concurrencia de una pluralidad de herederos.
Artículo 463-1. Concurrencia de una pluralidad de herederos.
Si concurren a la sucesión, simultáneamente, una pluralidad de herederos, estos adquieren el patrimonio hereditario en proporción a las cuotas respectivas. Sin embargo, las obligaciones y las cargas hereditarias se dividen entre los coherederos en proporción a las cuotas respectivas, sin solidaridad entre ellos.


