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Legislación › Orden MAM/85/2008, de 16 de enero, por la que se establecen los criterios técnicos para la valoración de los daños al dominio público hidráulico y las normas sobre toma de muestras y análisis de vertidos de aguas residuales.

Artículo 17. Determinación del coeficiente de reversibilidad del impacto.

Artículo 17. Determinación del coeficiente de reversibilidad del impacto.

El valor del coeficiente relacionado con la reversibilidad del impacto será el expuesto en la Tabla 3 del Anexo I.

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