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Legislación › Orden MAM/85/2008, de 16 de enero, por la que se establecen los criterios técnicos para la valoración de los daños al dominio público hidráulico y las normas sobre toma de muestras y análisis de vertidos de aguas residuales.

Artículo 18. Fórmula de estimación objetiva de daños en la calidad del agua por vertidos de residuos en estado líquido o en forma de lodos.

Artículo 18. Fórmula de estimación objetiva de daños en la calidad del agua por vertidos de residuos en estado líquido o en forma de lodos.

(Anulado)

Se declara la nulidad por Sentencia del TS de 4 de noviembre de 2011. BOE-A-2011-20182.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
26 de diciembre de 2011 En vigor BOE-A-2011-20182 Leer Qué cambió
30 de enero de 2008 Texto original Leer

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