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Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad.

Derogada o sin vigencia Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales · Publicada el 31 de enero de 2008 · Último cambio el 12 de febrero de 2025 · Ver en el BOE

Índice

  1. no 2 redacciones · cambió el 12/02/2025
  2. Preámbulo
  3. Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
  4. Artículo 2. Los certificados de profesionalidad. 2 redacciones · cambió el 21/03/2013
  5. Artículo 3. Finalidad.
  6. Artículo 4. Estructura y contenido del certificado de profesionalidad.
  7. Artículo 5. Módulos formativos del certificado de profesionalidad. 2 redacciones · cambió el 31/12/2010
  8. Artículo 5 bis. Módulo de formación práctica en centros de trabajo. 2 redacciones · cambió el 21/03/2013
  9. Artículo 6. Unidades formativas.
  10. Artículo 7. Elaboración y actualización de los certificados de profesionalidad.
  11. Artículo 8. Vías para la obtención de los certificados de profesionalidad. 2 redacciones · cambió el 31/12/2010
  12. Artículo 9. Acciones de formación correspondiente a los certificados de profesionalidad. 2 redacciones · cambió el 31/12/2010
  13. Artículo 10. Modalidades de impartición de la formación referida a los certificados de profesionalidad. 3 redacciones · cambió el 24/04/2015
  14. Artículo 11. Programas de formación en alternancia con el empleo.
  15. Artículo 12. Centros que impartan acciones formativas correspondientes a los certificados de profesionalidad. 2 redacciones · cambió el 21/03/2013
  16. Artículo 12 bis. Requisitos generales de los centros que impartan la formación conducente a la obtención de un certificado de profesionalidad. 2 redacciones · cambió el 24/04/2015
  17. Artículo 13. Formadores. 3 redacciones · cambió el 21/03/2013
  18. Artículo 14. Evaluación de la formación. 2 redacciones · cambió el 21/03/2013
  19. Artículo 15. Experiencia laboral y vías no formales de formación.
  20. Artículo 16. Expedición de los certificados de profesionalidad.
  21. Artículo 17. Registro de los certificados de profesionalidad.
  22. Artículo 18. Evaluación, seguimiento y control de la calidad de la formación. 2 redacciones · cambió el 21/03/2013
  23. Artículo 19. Acciones formativas no financiadas con fondos públicos desarrolladas por empresas y centros de iniciativa privada. 2 redacciones · cambió el 24/04/2015
  24. Artículo 20. Requisitos de acceso a la formación de los certificados de profesionalidad.
  25. Disposición adicional primera. Equivalencias.
  26. Disposición adicional segunda. Oferta formativa a grupos con especiales dificultades de integración laboral.
  27. Disposición adicional tercera. Acceso a la información. 2 redacciones · cambió el 31/12/2010
  28. Disposición adicional cuarta. Acciones formativas de carácter piloto.
  29. Disposición adicional quinta. Administraciones competentes.
  30. Disposición adicional sexta. Nivel de los certificados de profesionalidad en el marco europeo de cualificaciones.
  31. Disposición transitoria primera. Vigencia de certificados de profesionalidad.
  32. Disposición transitoria segunda. Procesos experimentales.
  33. Disposición transitoria tercera. Formación de formadores.
  34. Disposición transitoria cuarta. Pruebas de certificación.
  35. Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
  36. Disposición final primera. Título competencial.
  37. Disposición final segunda. Desarrollo normativo.
  38. Disposición final tercera. Entrada en vigor.
  39. Firma
  40. ANEXO I
  41. ANEXO II
  42. ANEXO III
  43. ANEXO IV