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Legislación › Resolución de 25 de enero de 2008, de la Comisión Ejecutiva del Banco de España, de aprobación de las cláusulas generales aplicables al Servicio de Liquidación de Depósitos Interbancarios.

Cláusula 18. Ley aplicable y fuero.

Cláusula 18. Ley aplicable y fuero.

La Ley aplicable a las presentes cláusulas generales es la española. Para cuantas acciones y reclamaciones puedan derivarse de dichas cláusulas generales, serán competentes los juzgados y tribunales de Madrid (capital), renunciando tanto el Banco de España como la entidad miembro a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles, y pactando como lugar del cumplimiento de las obligaciones el domicilio de Banco de España, sito en el número 48 de la calle de Alcalá, de Madrid.

Se renumera por el apartado primero.12 de la Resolución de 7 de marzo de 2023. BOE-A-2023-6455

Su anterior numeración era cláusula 19.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
20 de marzo de 2023 En vigor BOE-A-2023-6455 Leer Qué cambió
18 de febrero de 2008 Texto original Leer

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