Legislación › Resolución de 25 de enero de 2008, de la Comisión Ejecutiva del Banco de España, de aprobación de las cláusulas generales aplicables al Servicio de Liquidación de Depósitos Interbancarios.
Cláusula 4. Criterios de participación.
Cláusula 4. Criterios de participación.
Podrán ser admitidas como miembros del Servicio las entidades de crédito que:
(a) sean participantes en TARGET-Banco de España o en otro sistema integrante de TARGET, así como las que, sin ser participantes en TARGET-Banco de España o en otro sistema integrante de TARGET, tengan acceso a una cuenta dedicada de efectivo para la liquidación bruta en tiempo real de grandes pagos (en adelante, "DCA RTGS", por sus siglas en inglés) como titulares de BIC accesibles o mediante acceso de cuenta múltiple; y que
(b) tengan, a juicio del Banco de España, suficiente solvencia y capacidad jurídica y técnica.
Se modifica por el apartado primero.2 de la Resolución de 7 de marzo de 2023. BOE-A-2023-6455
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 20 de marzo de 2023 En vigor | BOE-A-2023-6455 | Leer | Qué cambió |
| 18 de febrero de 2008 | Texto original | Leer |


