Legislación › Ley 18/2007, de 28 de diciembre, del derecho a la vivienda.
Disposición adicional vigésima séptima. Registro de personas grandes tenedoras de vivienda.
Disposición adicional vigésima séptima. Registro de personas grandes tenedoras de vivienda.
1. Se crea el Registro de personas grandes tenedoras de vivienda, con carácter administrativo, que depende de la Agencia de la Vivienda de Cataluña, en el que se tienen que inscribir las personas jurídicas y físicas que sean personas grandes tenedoras, de acuerdo con lo que establece el artículo 5 de la Ley 24/2015, de 29 de julio, de medidas urgentes para afrontar la emergencia en el ámbito de la vivienda y la pobreza energética, y las personas que, de acuerdo con el artículo 3.k de la Ley del Estado 12/2023, tengan la consideración de grandes tenedoras.
2. Las personas a las que hace referencia el apartado 1, desde el momento en que se cumplan los requisitos que originan la obligación de inscribirse en el Registro, tienen que comunicar a la Agencia de la Vivienda de Cataluña su condición de personas grandes tenedoras y el número de viviendas de las que son titulares, sin perjuicio de que, cuando entre en vigor el reglamento que regule el funcionamiento del Registro, tengan que inscribirse, de acuerdo con la forma, los datos y los plazos que determine dicho reglamento.
3. La Agencia de la Vivienda de Cataluña debe colaborar con los entes locales, comarcales y supramunicipales y con la Administración de justicia para facilitar la consulta de los datos recogidos.
Se modifica el título y los apartados 1 y 2 por el art. 10.16 del Decreto-ley 3/2026, de 24 de marzo. BOE-A-2026-10430
Se modifica por el art. 5.14 de la Ley 11/2025, de 29 de diciembre. BOE-A-2026-5547
Se modifica por el art. 5.7 del Decreto-ley 2/2025, de 25 de febrero. BOE-A-2025-8490
Se añade por el art. 8 de la Ley 1/2022, de 3 de marzo. BOE-A-2022-4208
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 26 de marzo de 2026 En vigor | BOE-A-2026-10430 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2026 | BOE-A-2026-5547 | Leer | Qué cambió |
| 27 de febrero de 2025 | BOE-A-2025-8490 | Leer | Qué cambió |
| 8 de marzo de 2022 | BOE-A-2022-4208 | Leer |
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