LexTotal

Legislación › Ley 15/2009, de 11 de noviembre, del contrato de transporte terrestre de mercancías.

Artículo 13. Irregularidad o inexistencia de la carta de porte.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 12 de febrero de 2010 y la del 2 de agosto de 2022. Tachado: lo que se quitó (0 palabras). Subrayado: lo que se añadió (9 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 13. Irregularidad o inexistencia de la carta de porte.
1. La ausencia o irregularidad de la carta de porte prevista en el artículo 10 bis no producirá la inexistencia o la nulidad del contrato.
2. La omisión de alguna de las menciones previstas en el artículo 10.1 y 10 bis.1 no privará de eficacia a la carta de porte en cuanto a las incluidas.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
2 de agosto de 2022 En vigor BOE-A-2022-12925 Leer Qué cambió
12 de febrero de 2010 Texto original Leer

← Artículo 12 Índice Artículo 14 →