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Legislación › Real Decreto 866/2010, de 2 de julio, por el que se regula la tramitación de las reformas de vehículos.

Disposición transitoria tercera. Reformas antes de la matriculación.

Disposición transitoria tercera. Reformas antes de la matriculación.

Los vehículos con homologación de tipo española, hasta la fecha en la que deban corresponder a tipos homologados según la Directiva 2007/46/CE, de 5 de septiembre de 2007, podrán ser reformados antes de la matriculación, siguiendo el procedimiento establecido en el presente real decreto.

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