Legislación › Real Decreto 935/2010, de 23 de julio, por el que se establecen los títulos de Técnico Deportivo en vela con aparejo fijo y Técnico Deportivo en vela con aparejo libre, y se fijan sus enseñanzas mínimas y los requisitos de acceso.
Artículo 9. Relación de cualificaciones y unidades de competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales del ciclo inicial de grado medio en vela con aparejo fijo y aparejo libre.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de septiembre de 2010 y la del 7 de julio de 2020.
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Artículo 9. Relación de cualificaciones y unidades de competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales del ciclo inicial de grado medio en vela con aparejo fijo y aparejo libre.
El ciclo inicial de grado medio en vela con aparejo fijo y aparejo libre incluye la cualificación completa de Iniciación deportiva en vela con embarcaciones de aparejo libre y fijo DFA_513_2 AFD507_2 que incluye las siguientes unidades de competencia:
a) UA_7035_2: UC1651_2: Ejecutar las técnicas de gobierno de embarcaciones a vela con aparejo libre. libre con eficacia y seguridad.
b) UA_7036_2: UC1652_2: Ejecutar las técnicas de gobierno de embarcaciones a vela con aparejo fijo en condiciones de viento hasta diez nudos. con eficacia y seguridad.
c) UA_7037_2: UC1653_2: Concretar, dirigir y dinamizar sesiones secuenciadas de iniciación deportiva a la vela utilizando embarcaciones con aparejo libre y aparejo fijo.
d) UA_7039_2: UC1654_2: Dinamizar acciones de promoción y tutela acompañamiento a deportistas en eventos y competiciones de iniciación a la vela.
e) UC0272_2_R: UC0272_2: Asistir como primer interviniente en caso de accidente o situación de emergencia.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 7 de julio de 2020 En vigor | BOE-A-2020-7314 | Leer | Qué cambió |
| 1 de septiembre de 2010 | Texto original | Leer |


