Legislación › Ley
Ley 3/2010, de 22 de junio, de Instalaciones Aeronáuticas de la Comunidad de Madrid.
En vigor Comunidad de Madrid · Publicada el 1 de octubre de 2010 · Último cambio el 29 de junio de 2010 · Ver en el BOE
Índice
- no
- Preámbulo
- TÍTULO PRELIMINAR
- Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
- Artículo 2. Principios generales.
- Artículo 3. Autoridad aeroportuaria de la Comunidad de Madrid.
- Artículo 4. Definiciones.
- Artículo 5. Creación del Registro de Instalaciones Aeronáuticas.
- Artículo 6. Tasas.
- TÍTULO I
- CAPÍTULO I
- Artículo 7. Autorización previa.
- Artículo 8. Autorización de apertura al tráfico.
- Artículo 9. Titularidad y gestión.
- CAPÍTULO II
- Artículo 10. Autorización y excepciones.
- CAPÍTULO III
- Artículo 11. Competencias ejecutivas de la legislación estatal y participación en la gestión de aeropuertos de interés general.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 12. Concepto y contenidos.
- TÍTULO II
- Artículo 13. Alcance del régimen sancionador.
- Artículo 14. Actividad inspectora.
- Artículo 15. Tipificación de las infracciones.
- Artículo 16. Sanciones.
- Artículo 17. Otras medidas.
- Artículo 18. Órganos competentes para el ejercicio de la potestad sancionadora.
- Artículo 19. Prescripción de infracciones y sanciones.
- Artículo 20. Procedimiento sancionador y medidas provisionales y cautelares.
- Artículo 21. Multas coercitivas.
- Disposición transitoria única. Regularización de helipuertos y bases operacionales, gestionados por operadores públicos y destinados a atender emergencias.
- Disposición final primera. Habilitación para la actualización de sanciones.
- Disposición final segunda. Habilitación para el desarrollo reglamentario.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
- Firma
- [Información relacionada]


