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Acuerdo marco entre el Reino de España y la República Portuguesa sobre cooperación sanitaria transfronteriza, hecho "ad referendum" en Zamora el 22 de enero de 2009 y su Acuerdo administrativo entre el Ministerio de Sanidad y Consumo de España y el Ministerio de Salud de Portugal relativo a las modalidades de aplicación de dicho Acuerdo marco.
En vigor Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación · Publicada el 13 de abril de 2010 · Último cambio el 13 de abril de 2010 · Ver en el BOE
Índice
- [preambulo]
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- Artículo 3. Autoridades competentes.
- Artículo 4. Acuerdo Administrativo.
- Artículo 5. Convenios de cooperación sanitaria transfronteriza.
- Artículo 6. Paso de la frontera común.
- Artículo 7. Mecanismos de cobertura de la atención sanitaria a los pacientes.
- Artículo 8. Responsabilidad.
- Artículo 9. Comisión Mixta.
- Artículo 10. Entrada en vigor.
- Artículo 11. Solución de controversias.
- Artículo 12. Revisión.
- Artículo 13. Vigencia y denuncia.
- Artículo 14. Registro.
- Firma
- Acuerdo administrativo
- Artículo 1. Designación.
- Artículo 2. Condiciones y modalidades de intervención de los profesionales de la salud y de las estructuras de atención sanitaria.
- Artículo 3. Plazo de adaptación de los convenios anteriores.
- Artículo 4. Modalidad de asunción de los gastos sanitarios.
- Artículo 5. Entrada en vigor.
- Firma


