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Ley Foral 15/2009, de 9 de diciembre, de medidas de simplificación administrativa para la puesta en marcha de actividades empresariales o profesionales.
En vigor Comunidad Foral de Navarra · Publicada el 15 de enero de 2010 · Último cambio el 18 de diciembre de 2009 · Ver en el BOE
Índice
- Preámbulo
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
- Artículo 2. Finalidades.
- Artículo 3. Clasificación de las medidas.
- CAPÍTULO II
- Artículo 4. Inversiones de interés foral.
- CAPÍTULO III
- Artículo 5. Elaboración de protocolos.
- Artículo 6. Oficina de Tramitación de Actividades Económicas para la puesta en marcha de actividades empresariales o profesionales.
- Artículo 7. Portal de servicios a las empresas y profesionales.
- Artículo 8. Obligaciones de información.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 9. Estudio de cargas administrativas.
- Artículo 10. Revisión de procedimientos.
- Artículo 11. La declaración responsable.
- Artículo 12. La comunicación previa.
- Artículo 13. Presentación y control por la Administración de la declaración responsable y de la comunicación previa.
- Artículo 14. Licencias condicionadas
- Artículo 15. Presentación telemática de proyectos y visados.
- Artículo 16. Visado documental y visado de idoneidad.
- Artículo 17. Libros de registro.
- Disposición adicional primera. Revisión procedimental.
- Disposición adicional segunda. Funcionamiento de la Oficina de Tramitación de Actividades Económicas
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Modificación de la Ley Foral 4/2005, de 22 de marzo, de Intervención para la Protección Ambiental.
- Disposición final segunda. Habilitación para el desarrollo de la presente Ley Foral.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
- Firma


