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Legislación › Real Decreto 705/2011, de 20 de mayo, por el que se establece el título de Técnico Deportivo Superior en Judo y Defensa Personal y se fijan sus enseñanzas mínimas y los requisitos de acceso.

Artículo 3. Organización de las enseñanzas conducentes al título de Técnico Deportivo Superior en Judo y Defensa Personal.

Artículo 3. Organización de las enseñanzas conducentes al título de Técnico Deportivo Superior en Judo y Defensa Personal.

Las enseñanzas conducentes al Título de Técnico Deportivo Superior en Judo y Defensa Personal se organizan en el ciclo de grado superior en judo y defensa personal, teniendo una duración de 1.135 horas.

Se modifica por la disposición final 1.2 del Real Decreto 1145/2012, de 27 de julio. BOE-A-2012-11210

Redacciones de este artículo

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31 de agosto de 2012 En vigor BOE-A-2012-11210 Leer Qué cambió
22 de junio de 2011 Texto original Leer

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