Legislación › Ley 18/2008, de 23 de diciembre, para la Garantía de Ingresos y para la Inclusión Social.
Artículo 75. Tipos de intervención orientados a la inclusión social y laboral.
Artículo 75. Tipos de intervención orientados a la inclusión social y laboral.
En el marco del Sistema Vasco de Garantía de Ingresos e Inclusión Social, el objetivo de inclusión social y laboral de las personas que se encuentran en riesgo o situación de exclusión requerirá el establecimiento de programas, servicios o centros del ámbito del empleo, que permitan articular actuaciones orientadas a la inclusión laboral en el marco de los convenios de inclusión activa, así como el establecimiento de programas, servicios o centros en otros ámbitos de la protección social, en particular en los servicios sociales, los servicios de salud, el sistema educativo y los servicios de vivienda.
Se modifica por el art. 32 de la Ley 4/2011, de 24 de noviembre. BOE-A-2011-19608
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 13 de diciembre de 2011 En vigor | BOE-A-2011-19608 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2009 | Texto original | Leer |


