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Legislación › Ley 18/2008, de 23 de diciembre, para la Garantía de Ingresos y para la Inclusión Social.

Artículo 75. Tipos de intervención orientados a la inclusión social y laboral.

Artículo 75. Tipos de intervención orientados a la inclusión social y laboral.

En el marco del Sistema Vasco de Garantía de Ingresos e Inclusión Social, el objetivo de inclusión social y laboral de las personas que se encuentran en riesgo o situación de exclusión requerirá el establecimiento de programas, servicios o centros del ámbito del empleo, que permitan articular actuaciones orientadas a la inclusión laboral en el marco de los convenios de inclusión activa, así como el establecimiento de programas, servicios o centros en otros ámbitos de la protección social, en particular en los servicios sociales, los servicios de salud, el sistema educativo y los servicios de vivienda.

Se modifica por el art. 32 de la Ley 4/2011, de 24 de noviembre. BOE-A-2011-19608

Redacciones de este artículo

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13 de diciembre de 2011 En vigor BOE-A-2011-19608 Leer Qué cambió
1 de enero de 2009 Texto original Leer

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