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Orden JUS/1207/2011, de 4 de mayo, por la que se crea y regula el Registro Electrónico de Apostillas del Ministerio de Justicia y se regula el procedimiento de emisión de apostillas en soporte papel y electrónico.
En vigor Ministerio de Justicia · Publicada el 14 de mayo de 2011 · Último cambio el 19 de febrero de 2013 · Ver en el BOE
Índice
- [preambulo]
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Objeto.
- CAPÍTULO II
- Artículo 2. Creación y ámbito de aplicación del Registro Electrónico de Apostillas
- Artículo 3. Anotaciones en el Registro Electrónico de Apostillas
- Artículo 4. Verificación de las Apostillas en el Registro Electrónico de Apostillas
- Artículo 5. Acceso al Registro Electrónico de Apostillas
- Artículo 6. Gestión y seguridad del Registro Electrónico de Apostillas
- Artículo 7. Modificación de la Orden JUS/1294/2003, de 30 de abril, por la que se determinan los ficheros con datos de carácter personal del departamento y de sus organismos públicos 2 redacciones · cambió el 19/02/2013
- CAPÍTULO III
- Artículo 8. De la Apostilla de documentos públicos en soporte electrónico
- Artículo 9. De la firma sobre la Apostilla electrónica
- Artículo 10. Apostillas expedidas de documentos emitidos en soporte papel
- Artículo 11. De las Apostillas sobre documentos autorizados por notario
- Artículo 12. Forma de la Apostilla
- Artículo 13. Validez de las Apostillas Electrónicas emitidas en el extranjero
- Disposición transitoria primera. Régimen transitorio de las Apostillas emitidas por las autoridades competentes notariales
- Disposición transitoria segunda. Emisión de Apostillas en soporte electrónico
- Disposición final única. Entrada en vigor
- [firma]
- ANEXO I
- ANEXO II


