Legislación › Real Decreto 1192/2012, de 3 de agosto, por el que se regula la condición de asegurado y de beneficiario a efectos de la asistencia sanitaria en España, con cargo a fondos públicos, a través del Sistema Nacional de Salud.
Disposición adicional quinta. Prestación de asistencia sanitaria para víctimas de trata de seres humanos en periodo de restablecimiento y reflexión.
Disposición adicional quinta. Prestación de asistencia sanitaria para víctimas de trata de seres humanos en periodo de restablecimiento y reflexión.
(Derogada)
Se deroga por la disposición derogatora única del Real Decreto 180/2026, de 11 de marzo. BOE-A-2026-5714
Se modifica por la disposición final 4.3 del Real Decreto 576/2013, de 26 de julio. BOE-A-2013-8190.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 13 de marzo de 2026 En vigor | BOE-A-2026-5714 | Leer | Qué cambió |
| 1 de septiembre de 2013 | BOE-A-2013-8190 | Leer | Qué cambió |
| 5 de agosto de 2012 | Texto original | Leer |
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