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Legislación › Ley 8/1996, de 8 de noviembre, de Finanzas de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

Disposición final segunda. Efectividad de los derechos de la Hacienda General del País Vasco.

Disposición final segunda. Efectividad de los derechos de la Hacienda General del País Vasco.

(Derogada)

Se deroga por la disposición derogatoria del Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre. BOPV-p-1998-90002.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
20 de enero de 1998 En vigor BOE-A-1998-90002 Leer Qué cambió
1 de enero de 1997 Texto original Leer

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