Legislación › Ley 8/1996, de 8 de noviembre, de Finanzas de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
Disposición final segunda. Efectividad de los derechos de la Hacienda General del País Vasco.
Disposición final segunda. Efectividad de los derechos de la Hacienda General del País Vasco.
(Derogada)
Se deroga por la disposición derogatoria del Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre. BOPV-p-1998-90002.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 20 de enero de 1998 En vigor | BOE-A-1998-90002 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 1997 | Texto original | Leer |
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