Legislación › Ley 7/2012, de 13 de junio, de medidas urgentes para la ordenación urbanística sostenible.
Disposición transitoria tercera. Expedientes de disciplina urbanística iniciados antes de la entrada en vigor de esta ley.
Disposición transitoria tercera. Expedientes de disciplina urbanística iniciados antes de la entrada en vigor de esta ley.
La presente ley no es de aplicación a los expedientes de disciplina urbanística iniciados antes de su vigencia, excepto si de ello pudiera derivarse la imposición de una multa de inferior cuantía.
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