Legislación › Ley 6/2013, de 7 de noviembre, de pesca marítima, marisqueo y acuicultura en las Illes Balears.
Disposición transitoria única. Aplicación de la legislación más favorable
Disposición transitoria única. Aplicación de la legislación más favorable
A la persona que, antes de la entrada en vigor de esta ley, cometa presuntamente alguna de las infracciones que se prevén en ella, se le aplicará la sanción más favorable.
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