Legislación › Ley 7/2013, de 13 de junio, de la galleguidad.
Disposición adicional única. Constitución del Consejo de Comunidades Gallegas.
Disposición adicional única. Constitución del Consejo de Comunidades Gallegas.
La constitución del Consejo de Comunidades Gallegas al amparo de la presente ley tendrá lugar cuando se cumpla el plazo legal de funcionamiento del XI Consejo de Comunidades Gallegas creado por la Ley 4/1983, de 15 de junio, de reconocimiento de la galleguidad.


