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Orden PRE/1435/2013, de 23 de julio, por la que se desarrolla el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres en materia de transporte sanitario por carretera.

En vigor Ministerio de la Presidencia · Publicada el 29 de julio de 2013 · Último cambio el 25 de abril de 2023 · Ver en el BOE

Índice

  1. [preambulo]
  2. CAPÍTULO I
  3. Artículo 1. Objeto.
  4. Artículo 2. Obligatoriedad de la autorización.
  5. Artículo 3. Excepción a la obligatoriedad de la autorización.
  6. Artículo 4. Autorizaciones. 2 redacciones · cambió el 20/02/2019
  7. Artículo 5. Características de los vehículos adscritos a autorizaciones de transporte sanitario. 2 redacciones · cambió el 20/02/2019
  8. Artículo 6. Ámbito de las autorizaciones.
  9. Artículo 7. Órgano competente sobre las autorizaciones de transporte sanitario.
  10. Artículo 8. Vigencia de las autorizaciones. 2 redacciones · cambió el 20/02/2019
  11. CAPÍTULO II
  12. Artículo 9. Domicilio de las autorizaciones.
  13. Artículo 10. Requisitos que deben cumplir los titulares de autorizaciones. 2 redacciones · cambió el 20/02/2019
  14. Artículo 11. Acreditación de la personalidad jurídica y nacionalidad de la empresa.
  15. Artículo 12. Acreditación del cumplimiento de obligaciones fiscales.
  16. Artículo 13. Acreditación del cumplimiento de obligaciones laborales y sociales.
  17. Artículo 14. Acreditación de la disposición de locales abiertos al público.
  18. Artículo 15. Acreditación de la disposición de los vehículos que correspondan. 2 redacciones · cambió el 20/02/2019
  19. Artículo 16. Acreditación de la disposición del personal y número mínimo de conductores que resulte exigible. 2 redacciones · cambió el 20/02/2019
  20. Artículo 17. Otorgamiento de la autorización de transporte público.
  21. Artículo 18. Aumento de vehículos adscritos a la autorización de transporte público. 2 redacciones · cambió el 20/02/2019
  22. Artículo 19. Reducción voluntaria del número de vehículos adscritos a una autorización de transporte público. 2 redacciones · cambió el 20/02/2019
  23. Artículo 20. Sustitución de vehículos afectos a las copias de la autorización.
  24. Artículo 21. Visado de las autorizaciones de transporte público. 2 redacciones · cambió el 20/02/2019
  25. Artículo 22. Rehabilitación de las autorizaciones caducadas por falta de visado. 2 redacciones · cambió el 20/02/2019
  26. Artículo 23. Renuncia a las autorizaciones de transporte público.
  27. CAPÍTULO III
  28. Artículo 24. Domicilio de las autorizaciones.
  29. Artículo 25. Requisitos para el otorgamiento de las autorizaciones. 2 redacciones · cambió el 20/02/2019
  30. Artículo 26. Expedición de nuevas copias certificadas de la autorización de transporte privado complementario.
  31. Artículo 27. Visado de las autorizaciones. 2 redacciones · cambió el 20/02/2019
  32. Artículo 28. Rehabilitación de las autorizaciones caducadas por falta de visado. 2 redacciones · cambió el 20/02/2019
  33. Artículo 29. Sustitución de los vehículos afectos a las copias de la autorización.
  34. Artículo 30. Renuncia a las autorizaciones de transporte privado complementario.
  35. CAPÍTULO IV
  36. Artículo 31. Obligatoriedad de la certificación técnico-sanitaria. 2 redacciones · cambió el 20/02/2019
  37. Artículo 32. Requisitos para el otorgamiento de la certificación técnico-sanitaria.
  38. Artículo 33. Solicitud de la certificación. 2 redacciones · cambió el 20/02/2019
  39. Artículo 34. Otorgamiento de la certificación.
  40. Artículo 35. Documentación de las certificaciones.
  41. Artículo 36. Vigencia de la certificación técnico-sanitaria.
  42. Artículo 37. Pérdida de la certificación técnico-sanitaria.
  43. Artículo 38. Registro de Certificaciones Técnico-Sanitarias.
  44. Artículo 39. Dotación de personal.
  45. Disposición adicional primera. Condiciones técnico-sanitarias de los vehículos exigidas por cada Administración.
  46. Disposición adicional segunda. Transportes sanitarios de entidades benéficas.
  47. Disposición adicional tercera. Transportes sanitarios de las Fuerzas Armadas y Guardia Civil.
  48. Disposición adicional cuarta. Antigüedad máxima de los vehículos adscritos a las autorizaciones de transporte sanitario por carretera. 2 redacciones · cambió el 25/04/2023
  49. Disposición transitoria primera. Convalidación de autorizaciones.
  50. Disposición transitoria segunda. Procedimientos en tramitación.
  51. Disposición transitoria tercera. Cumplimiento de requisitos.
  52. Disposición transitoria cuarta. Cumplimiento de requisitos.
  53. Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
  54. Disposición final primera. Título competencial.
  55. Disposición final segunda. Facultad de desarrollo.
  56. Disposición final tercera. Entrada en vigor.
  57. [firma]
  58. [Información relacionada]