Legislación › Real Decreto
Real Decreto 630/2013, de 2 de agosto, por el que se regula el Catálogo español de especies exóticas invasoras.
En vigor Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente · Publicada el 3 de agosto de 2013 · Último cambio el 19 de octubre de 2026 · Ver en el BOE
Índice
- Preámbulo 2 redacciones · cambió el 30/03/2019
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Objeto.
- Articulo 2. Definiciones.
- Artículo 3. Ámbito territorial de aplicación.
- CAPÍTULO II
- Artículo 4. Contenido y características. 2 redacciones · cambió el 30/03/2019
- Artículo 5. Procedimientos de inclusión o exclusión de especies. 2 redacciones · cambió el 30/03/2019
- Artículo 6. Información contenida en el registro. 2 redacciones · cambió el 30/03/2019
- Artículo 7. Efectos de la inclusión de una especie en el catálogo. 2 redacciones · cambió el 30/03/2019
- CAPÍTULO III
- Artículo 8. Medidas de seguimiento general y prevención. 2 redacciones · cambió el 30/03/2019
- Artículo 9. Medidas urgentes. 2 redacciones · cambió el 30/03/2019
- Artículo 10. Medidas de lucha contra las especies exóticas invasoras del catálogo.
- Artículo 11. Medidas de control en las partidas presentadas a inspección en los Puestos de Inspección Fronterizos (PIF).
- Artículo 12. Medidas de control en los ejemplares detectados en las terminales de viajeros de los puertos y aeropuertos.
- Artículo 13. Medios para realizar los controles en frontera. 2 redacciones · cambió el 30/03/2019
- Artículo 14. Red de Alerta para la vigilancia de especies exóticas invasoras. 2 redacciones · cambió el 30/03/2019
- CAPÍTULO IV
- Artículo 15. Características de las estrategias de gestión, control y posible erradicación. 2 redacciones · cambió el 30/03/2019
- Artículo 16. Contenido de las estrategias de gestión, control y posible erradicación.
- CAPITULO V
- Artículo 17. Financiación. 2 redacciones · cambió el 30/03/2019
- Artículo 18. Sanciones.
- Disposición adicional primera. Competencias sobre biodiversidad marina.
- Disposición adicional segunda. Híbridos, animales de compañía, animales exóticos de compañía, domésticos o de producción y plantas cultivadas, asilvestrados en el medio natural.
- Disposición adicional tercera. Singularidad de las islas.
- Disposición adicional cuarta. Comercialización de variedades de especies alóctonas por razones fitosanitarias.
- Disposición adicional quinta. Disposiciones específicas para el cangrejo rojo (Procambarus clarkii) y el arruí (Ammotragus lervia). 2 redacciones · cambió el 17/06/2016
- Disposición adicional sexta. Instalaciones o explotaciones industriales o comerciales que alberguen especies incluidas en el catálogo. 2 redacciones · cambió el 17/06/2016
- Disposición adicional séptima. Reparación del daño medioambiental causado por especies exóticas invasoras.
- Disposición adicional octava. Especies plaga y organismos de control biológico exóticos contemplados en la Ley 43/2002, de 20 de noviembre, de Sanidad Vegetal.
- Disposición adicional novena. Posesión, transporte y comercio de aves alóctonas.
- Disposición adicional décima. Comité científico del catálogo.
- Disposición transitoria primera. Comercio de especies vegetales incluidas en el catálogo.
- Disposición transitoria segunda. Especies catalogadas introducidas en el medio natural con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, objeto de aprovechamiento piscícola o cinegético. 2 redacciones · cambió el 17/06/2016
- Disposición transitoria tercera. Sueltas con especies alóctonas no catalogadas objeto de aprovechamiento piscícola o cinegético.
- Disposición transitoria cuarta. Animales de compañía, animales de compañía exóticos o domésticos, y animales silvestres en Parques Zoológicos. 2 redacciones · cambió el 30/03/2019
- Disposición transitoria quinta. Especies vegetales en posesión de particulares o ubicados en parques urbanos, jardines públicos o jardines botánicos.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Título competencial.
- Disposición final segunda. Habilitación para la adaptación a la normativa europea o internacional. 2 redacciones · cambió el 30/03/2019
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
- Firma
- ANEXO


