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Real Decreto 1006/2014, de 5 de diciembre, por el que se desarrolla la Ley 8/2014, de 22 de abril, sobre cobertura por cuenta del Estado de los riesgos de la internacionalización de la economía española.
En vigor Ministerio de Economía y Competitividad · Publicada el 22 de diciembre de 2014 · Último cambio el 22 de diciembre de 2014 · Ver en el BOE
Índice
- Preámbulo
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Objeto.
- CAPÍTULO II
- Artículo 2. Delimitación de las operaciones de internacionalización de la empresa y de la economía española objeto de cobertura.
- Artículo 3. Asegurados y beneficiarios de las garantías.
- CAPÍTULO III
- Artículo 4. Delimitación de los riesgos susceptibles de cobertura.
- Artículo 5. Riesgos comerciales.
- Artículo 6. Riesgos políticos.
- Artículo 7. Riesgos extraordinarios.
- CAPÍTULO IV
- Sección 1
- Artículo 8. Modalidades de cobertura.
- Artículo 9. Cobertura mediante seguro.
- Artículo 10. Aseguramiento a favor de entidades financieras.
- Artículo 11. Cobertura mediante garantías.
- Artículo 12. Divisa.
- Sección 2
- Artículo 13. Condiciones para la efectividad de la cobertura.
- Artículo 14. Ejecución de la cobertura.
- Artículo 15. Tramitación y verificación del siniestro.
- Artículo 16. Pago de la indemnización.
- Artículo 17. Cuantía de la indemnización.
- Artículo 18. Exclusión general de responsabilidad indemnizatoria.
- CAPÍTULO V
- Artículo 19. Procedimiento de designación del Agente Gestor e idoneidad del mismo.
- Artículo 20. Conflicto de interés.
- Artículo 21. Procedimiento para la declaración del conflicto de interés.
- Artículo 22. Convenio de Gestión.
- Artículo 23. Habilitación del Agente Gestor.
- Artículo 24. Separación de actividades por cuenta propia y por cuenta del Estado.
- Artículo 25. Retribución del Agente Gestor.
- Artículo 26. Convenios y moratorias.
- Artículo 27. Adecuación de los recursos y medios para la gestión de la cobertura por cuenta del Estado.
- CAPÍTULO VI
- Artículo 28. Objeto, naturaleza y composición de la Comisión de Riesgos por cuenta del Estado.
- Artículo 29. Composición de la Comisión.
- Artículo 30. Funcionamiento de la Comisión de Riesgos.
- Artículo 31. Constitución y mayorías.
- Artículo 32. Constitución de grupos de trabajo.
- Artículo 33. Análisis de operaciones por parte de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos.
- CAPÍTULO VII
- Artículo 34. Precio de la cobertura.
- CAPÍTULO VIII
- Artículo 35. Gestión del Fondo de Reserva de los Riesgos de la Internacionalización.
- Artículo 36. Convenio para la gestión del Fondo de Reserva de los Riesgos de la Internacionalización.
- Artículo 37. Provisión de fondos para pagos.
- Artículo 38. Liquidación de las cuentas de efectivo.
- Artículo 39. Contabilidad y control del Fondo de Reserva de los Riesgos de la Internacionalización.
- Disposición adicional única. No incremento de gasto.
- Disposición transitoria primera. Retribución.
- Disposición transitoria segunda. Operaciones, modalidades de cobertura, tarifas y atribuciones vigentes.
- Disposición transitoria tercera. Declaración de conflicto de interés en el proceso de enajenación de CESCE.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Modificación del Reglamento de Ordenación y Supervisión de Seguros Privados, aprobado por el Real Decreto 2486/1998, de 20 de noviembre.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor del régimen presupuestario y económico-financiero, contable y de control de la cobertura de los riesgos de la internacionalización.
- Disposición final tercera. Título competencial.
- Disposición final cuarta. Desarrollo normativo.
- Disposición final quinta. Entrada en vigor.
- Firma


