Legislación › Ley 1/2014, de 19 de marzo, Agraria de Castilla y León.
Artículo 194. Infracciones.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 21 de marzo de 2014 y la del 17 de marzo de 2021.
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Artículo 194. Infracciones.
1. Las infracciones contenidas en este libro se clasifican en leves, graves y muy graves.
2. Las infracciones relativas a la cadena alimentaria son las tipificadas en la legislación básica sobre dicha materia.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 17 de marzo de 2021 En vigor | BOE-A-2021-4321 | Leer | Qué cambió |
| 21 de marzo de 2014 | Texto original | Leer |


