Legislación › Real Decreto 980/2015, de 30 de octubre, por el que se establece el título de Técnico Deportivo en Baloncesto y se fijan su currículo básico y los requisitos de acceso, y se modifica el Real Decreto 669/2013, de 6 de septiembre, por el que se establece el título de Técnico Deportivo en Atletismo y se fijan sus enseñanzas mínimas y los requisitos de acceso.
Artículo 21. Efectos y vigencia de la prueba de acceso carácter específico.
Artículo 21. Efectos y vigencia de la prueba de acceso carácter específico.
1. La superación de la prueba de carácter específico, que se establece para el acceso al ciclo inicial de grado medio en baloncesto, tendrá efectos en todo el territorio nacional.
2. La superación de la prueba de carácter específico, que se establece en el anexo VII, tendrán una vigencia de 18 meses, contados a partir de la fecha de su finalización.


