Legislación › Ley 7/2014, de 13 de noviembre, de Garantía de los Derechos de las Personas con Discapacidad en Castilla-La Mancha.
Artículo 19. Coordinación y colaboración entre los ámbitos educativo, laboral, sanitario, y social.
Artículo 19. Coordinación y colaboración entre los ámbitos educativo, laboral, sanitario, y social.
1. Las consejerías competentes en materia de servicios sociales y sanidad elaborarán un protocolo de coordinación para asegurar que, en la prevención, detección precoz y diagnóstico de los niños y niñas con dificultades en su desarrollo, el tiempo que transcurre entre la detección de los primeros signos de alerta y la atención a la familia en el servicio de atención temprana sea el menor posible.
Asimismo, las consejerías competentes en materia de servicios sociales y educación elaborarán un protocolo de coordinación dirigido a que los niños y niñas escolarizados en las escuelas infantiles, que manifiesten dificultades significativas en su desarrollo o se aprecien factores de riesgo de presentarlas, sean derivados lo antes posible al servicio de atención temprana.
2. Las Consejerías competentes en materia de asuntos sociales, educación y sanidad establecerán los mecanismos de coordinación para proveer a los hospitales de la Comunidad Autónoma de los profesionales de la educación necesarios para desarrollar actuaciones de carácter académico, con el fin de prevenir y evitar la marginación del proceso educativo de los alumnos en edad escolar ingresados en dichos hospitales.
3. Las Consejerías competentes en materia de asuntos sociales, educación y empleo garantizarán la coordinación mediante los protocolos que se establezcan al efecto para promover la continuidad en el proceso de capacitación de los alumnos con discapacidad, de cara a posibilitar su inclusión social y laboral, una vez concluidos los ciclos educativos.
Se modifica el apartado 1 por la disposición final 1.1 de la Ley 2/2023, de 10 de febrero. BOE-A-2023-5960
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 16 de marzo de 2023 En vigor | BOE-A-2023-5960 | Leer | Qué cambió |
| 2 de enero de 2015 | Texto original | Leer |


