Legislación › Ley 5/2015, de 25 de junio, de Derecho Civil Vasco.
Artículo 113. Sucesores por derecho propio o por derecho de representación.
Artículo 113. Sucesores por derecho propio o por derecho de representación.
1. Los hijos heredan por derecho propio, dividiendo el haber hereditario en partes iguales.
2. Los nietos y demás descendientes heredarán por derecho de representación.


