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Legislación › Decreto Legislativo 2/2014, de 22 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales del Principado de Asturias en materia de tributos cedidos por el Estado.

Artículo 23. Bonificación para contribuyentes discapacitados aplicable en transmisiones mortis causa.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 30 de octubre de 2014 y la del 1 de enero de 2017. Tachado: lo que se quitó (124 palabras). Subrayado: lo que se añadió (42 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 23. Bonificación para contribuyentes del Grupo II de parentesco y personas discapacitadas discapacitados aplicable en transmisiones «mortis causa». mortis causa.
1. En las adquisiciones «mortis causa» por sujetos pasivos incluidos en el Grupo II del artículo 20.2.a de la Ley del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, se aplicará una bonificación del 100 mortis causa por ciento de la cuota que resulte después de aplicar las deducciones estatales y autonómicas que, en su caso, resulten aplicables siempre que se cumplan las siguientes condiciones:
a) Que la base imponible sea igual o inferior a 150.000 euros.
b) Que el patrimonio preexistente del heredero no sea superior a 402.678,11 euros.
2. La presente bonificación resultará asimismo de aplicación a los
contribuyentes con discapacidad con un grado de minusvalía reconocido igual o superior al 65 por ciento, %, de acuerdo con el baremo a al que se refiere el artículo 148 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, siempre y cuando cumplan el requisito establecido en la letra b se aplicará una bonificación del apartado anterior, con independencia 100 % de su grado la cuota que resulte después de parentesco con aplicar las deducciones estatales y autonómicas que, en su caso, resulten aplicables, siempre que el causante. patrimonio preexistente del heredero no sea superior a 402.678,11 euros.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2017 En vigor BOE-A-2017-1576 Leer Qué cambió
30 de octubre de 2014 Texto original Leer

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