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Ley 4/2016, de 4 de abril, de ordenación de la asistencia jurídica de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Galicia y de su sector público.

En vigor Comunidad Autónoma de Galicia · Publicada el 2 de mayo de 2016 · Último cambio el 31 de diciembre de 2024 · Ver en el BOE

Índice

  1. no
  2. Preámbulo
  3. CAPÍTULO I
  4. Artículo 1. Objeto.
  5. Artículo 2. Ámbito de la asistencia.
  6. Artículo 3. La Asesoría Jurídica General. 2 redacciones · cambió el 30/12/2022
  7. Artículo 4. Ejercicio de funciones de asistencia jurídica.
  8. Artículo 5. Autoprovisión dentro del sector público y contratos de asistencia jurídica con medios externos.
  9. CAPÍTULO II
  10. Artículo 6. Formas de ejercicio.
  11. Artículo 7. Carácter de los informes o dictámenes.
  12. Artículo 8. Dictámenes de carácter preceptivo. 2 redacciones · cambió el 27/12/2019
  13. Artículo 9. Contenido de los informes o dictámenes.
  14. Artículo 10. Representación y defensa.
  15. Artículo 11. Especialidades procesales.
  16. Artículo 12. Ejercicio y disposición de acciones.
  17. Artículo 13. Ejecución de sentencias.
  18. Artículo 14. Actuaciones en procedimientos arbitrales y en otras reclamaciones extrajudiciales.
  19. Artículo 15. Funciones en materia de derecho de la Unión Europea e internacional.
  20. Artículo 16. Funciones en materia de asuntos constitucionales.
  21. Artículo 17. Racionalización, simplificación y mejora de la calidad normativa.
  22. Artículo 18. Participación en la elaboración de las normas.
  23. Artículo 19. Adaptación de la regulación vigente a los principios de racionalización, simplificación y mejora de la calidad normativa.
  24. Artículo 20. Defensa de funcionarios/as, autoridades y empleados/as públicos/as.
  25. Artículo 21. Concesión de la autorización.
  26. Artículo 22. Plazo de resolución.
  27. Artículo 23. Asunciones de gastos.
  28. Artículo 24. Denegación de la autorización.
  29. Artículo 25. Revocación de la autorización.
  30. Artículo 26. Indemnización en los casos de denegación de la autorización.
  31. Artículo 27. Compensación de gastos en determinados supuestos.
  32. Artículo 28. Ejercicio de la acción popular.
  33. Artículo 29. Asistencia a órganos colegiados.
  34. Artículo 30. Comunicación con el Consejo Consultivo de Galicia.
  35. Artículo 31. Verificación de documentos.
  36. Artículo 32. Prevención de la corrupción.
  37. CAPÍTULO III
  38. Artículo 33. Deber de colaboración.
  39. CAPÍTULO IV
  40. Artículo 34. Nombramiento y funciones de la persona titular de la Secretaría General de la Asesoría Jurídica General. 2 redacciones · cambió el 31/12/2024
  41. Artículo 34 bis. Dirección General de Asuntos Constitucionales y Desarrollo Legislativo.
  42. Artículo 35. Estructura orgánica de la Asesoría Jurídica General.
  43. Artículo 36. Relación de puestos de trabajo.
  44. CAPÍTULO V
  45. Artículo 37. Escala de letrados de la Xunta de Galicia.
  46. Artículo 38. Dependencia jerárquica y funcional.
  47. Artículo 39. Actuación profesional.
  48. Artículo 40. Puestos de trabajo con funciones de asistencia jurídica.
  49. Artículo 41. Habilitación temporal en puestos de trabajo correspondientes a la escala de letrados.
  50. Artículo 42. Habilitación a personal funcionario que preste sus servicios en puestos de trabajo de los órganos asistidos.
  51. Artículo 43. Formación.
  52. Disposición adicional primera. Uso de la lengua gallega.
  53. Disposición adicional segunda. Uso de medios electrónicos.
  54. Disposición adicional tercera. Negociación con las organizaciones sindicales.
  55. Disposición adicional cuarta. Modificaciones presupuestarias, transferencias y habilitaciones de créditos.
  56. Disposición adicional quinta. Garantía del principio de autoprovisión y de los objetivos de interés público en la asistencia jurídica del sector público autonómico.
  57. Disposición derogatoria. Derogación normativa.
  58. Disposición final primera. Modificación de la Ley 14/2013, de 26 de diciembre, de racionalización del sector público autonómico.
  59. Disposición final segunda. Modificación de la Ley 3/2014, de 24 de abril, del Consejo Consultivo de Galicia.
  60. Disposición final tercera. Facultades de desarrollo normativo y ejecución.
  61. Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
  62. Firma