LexTotal

Legislación › Ley 12/2016, de 28 de julio, de reconocimiento y reparación de víctimas de vulneraciones de derechos humanos en el contexto de la violencia de motivación política en la Comunidad Autónoma del País Vasco entre 1978 y 1999.

Disposición adicional séptima. Desarrollo reglamentario.

Disposición adicional séptima. Desarrollo reglamentario.

El Gobierno Vasco desarrollará mediante un reglamento los procedimientos que se establecerán para abordar los distintos supuestos que se le presenten en las solicitudes de reconocimiento de la condición de víctima, a fin de que las propuestas de resolución administrativas que adopte la Comisión de Valoración tengan plena seguridad jurídica.

← Disposición adicional sexta Índice Disposición final primera →