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Legislación › Real Decreto 897/2017, de 6 de octubre, por el que se regula la figura del consumidor vulnerable, el bono social y otras medidas de protección para los consumidores domésticos de energía eléctrica.

Artículo 14. Reparto de la financiación del bono social y del coste del suministro de electricidad de los consumidores a que hacen referencia los artículos 52.4.j) y 52.4.k) de la Ley del Sector Eléctrico entre las actividades de la cadena de suministro de energía eléctrica.

Artículo 14. Reparto de la financiación del bono social y del coste del suministro de electricidad de los consumidores a que hacen referencia los artículos 52.4.j) y 52.4.k) de la Ley del Sector Eléctrico entre las actividades de la cadena de suministro de energía eléctrica.

1. El reparto de las cantidades a financiar correspondiente a cada actividad citada en el artículo anterior será propuesto por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, teniendo en cuenta la facturación agregada libre de impuestos de cada una de las actividades dentro de la cadena de suministro de energía eléctrica.

En el caso de los consumidores directos en mercado se tendrá en cuenta la facturación asociada a la energía consumida por los mismos.

2. A estos efectos, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia publicará anualmente en su página web la información, referida al periodo considerado, relativa a la facturación estimada de cada segmento de actividad para el ejercicio al que corresponde fijar la financiación, determinada a partir de la mejor información disponible.

Se modifica el apartado 1 por la disposición final 4 .1 del Real Decreto-ley 10/2022, de 13 de mayo. BOE-A-2022-7843

Se modifica por la disposición final 23.6 del Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo. BOE-A-2022-4972

Téngase en cuenta, respecto a la redacción original del art. 14, las Sentencias del TS de 22 de febrero de 2022, BOE-A-2022-6557, de 10 de marzo de 2022, BOE-A-2022-6604, de 28 de marzo de 2022, BOE-A-2022-7879 y de 1 de marzo de 2022. BOE-A-2022-10350

Se modifica por el art. 3.7 del Real Decreto-Ley 15/2018, de 5 de octubre. BOE-A-2018-13593

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
15 de mayo de 2022 En vigor BOE-A-2022-7843 Leer Qué cambió
31 de marzo de 2022 BOE-A-2022-4972 Leer Qué cambió
7 de octubre de 2018 BOE-A-2018-13593 Leer Qué cambió
8 de octubre de 2017 Texto original Leer

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