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Legislación › Ley 10/2017, de 27 de octubre, por la que se consolidan las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de La Rioja en materia de impuestos propios y tributos cedidos.

Artículo 33. Mínimo exento.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 30 de abril de 2021 y la del 1 de enero de 2025. Tachado: lo que se quitó (178 palabras). Subrayado: lo que se añadió (26 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 33. Deducción por aportaciones a la constitución o ampliación de la dotación a fundaciones de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Si entre los bienes o derechos de contenido económico computados para la determinación de la base imponible figurase alguno que hubiera sido o fuera a ser destinado durante el año posterior a la fecha de devengo del impuesto a la constitución de una fundación o ampliación de la dotación fundacional de una existente, siempre que esté domiciliada en La Rioja e inscrita en el censo de entidades y actividades en materia de mecenazgo y persiga fines incluidos en la Estrategia Regional de Mecenazgo, el contribuyente podrá aplicar una deducción del 25 % de la aportación.
Mínimo exento.
La cantidad que no pueda ser deducida por insuficiencia de cuota se podrá utilizar como crédito fiscal en los términos previstos De acuerdo con lo dispuesto en el capítulo II artículo 28 de la Ley de Mecenazgo de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
El incumplimiento
19/1991, de los requisitos anteriormente mencionados originará la pérdida del derecho y la obligación 6 de presentar declaración complementaria junio, del Impuesto sobre el Patrimonio, el mínimo exento en dicho impuesto con ingreso del importe de deducción indebidamente aplicada más los correspondientes intereses de demora. queda establecido en 700.000 euros.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2025 En vigor BOE-A-2025-1480 Leer Qué cambió
30 de abril de 2021 BOE-A-2021-7691 Leer Qué cambió
1 de febrero de 2020 BOE-A-2020-1939 Leer Qué cambió
1 de febrero de 2018 BOE-A-2018-1917 Leer Qué cambió
1 de enero de 2017 Texto original Leer

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