Legislación › Real Decreto
Real Decreto 533/2017, de 26 de mayo, por el que se regulan los fondos y programas operativos de las organizaciones de productores del sector de frutas y hortalizas.
Derogada o sin vigencia Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente · Publicada el 31 de mayo de 2017 · Último cambio el 22 de septiembre de 2018 · Ver en el BOE
Índice
- no
- [preambulo]
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
- Artículo 2. Definiciones y empleo de términos.
- CAPÍTULO II
- Artículo 3. Cálculo.
- Artículo 4. Período de referencia.
- CAPÍTULO III
- Artículo 5. Gestión.
- Artículo 6. Constitución y financiación.
- Artículo 7. Información y documentación a presentar anualmente.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 8. Presentación.
- Artículo 9. Formato y contenido.
- Artículo 10. Relación con los programas de desarrollo rural.
- Artículo 11. Financiación de retiradas y de operaciones de cosecha en verde y no cosecha.
- Artículo 12. Periodo de mantenimiento de las inversiones de los programas operativos, y financiación de las mismas en más de una anualidad.
- Artículo 13. Programas operativos presentados por organizaciones de productores resultantes de una fusión.
- Artículo 14. Modificaciones de los programas operativos relativas a anualidades no comenzadas.
- Artículo 15. Modificaciones de los programas operativos durante la anualidad en curso.
- Artículo 16. Decisión sobre las modificaciones de los programas operativos recogidas en los artículos 14 y 15.
- Artículo 17. Recuperación de las inversiones, o su valor residual, realizadas en las instalaciones de miembros productores que causen baja en las organizaciones de productores.
- CAPÍTULO V
- Artículo 18. Presentación.
- Artículo 19. Financiación.
- Artículo 20. Modificaciones de los programas operativos parciales.
- Artículo 21. Decisión por parte del órgano competente sobre los programas operativos parciales y sus modificaciones.
- Artículo 22. Solicitud de la ayuda en caso de programas operativos parciales.
- CAPÍTULO VI
- Artículo 23. Solicitudes de ayuda.
- Artículo 24. Cuenta justificativa.
- Artículo 25. Controles.
- Artículo 26. Programas operativos de organizaciones transnacionales de productores y asociaciones trasnacionales de organizaciones de productores.
- CAPÍTULO VII
- Artículo 27. Coordinación en la aprobación y control de los programas operativos y sus modificaciones en caso de organizaciones de productores o asociaciones de organizaciones de productores de ámbito superior al de una comunidad autónoma.
- CAPÍTULO VIII
- Artículo 28. Comunicaciones de las comunidades autónomas relativas a la aprobación anual de los fondos operativos.
- Artículo 29. Comunicaciones y notificaciones de las comunidades autónomas relativas a la medida de prevención y gestión de crisis.
- Artículo 30. Comunicaciones de las organizaciones de productores relativas a los indicadores de los programas operativos.
- Disposición transitoria primera. Programas operativos aprobados en virtud del Reglamento de Ejecución (UE) n.º 543/2011.
- Disposición transitoria segunda. Cálculo del límite máximo de la ayuda financiera de la Unión para la anualidad 2017.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Título competencial.
- Disposición final segunda. Facultad de modificación.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
- [firma]
- ANEXO I
- ANEXO II
- ANEXO III
- ANEXO IV
- ANEXO V
- ANEXO VI
- ANEXO VII
- ANEXO VIII
- ANEXO IX


