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Real Decreto 706/2017, de 7 de julio, por el que se aprueba la instrucción técnica complementaria MI-IP 04 "Instalaciones para suministro a vehículos" y se regulan determinados aspectos de la reglamentación de instalaciones petrolíferas.
En vigor Ministerio de Economía, Industria y Competitividad · Publicada el 2 de agosto de 2017 · Último cambio el 20 de junio de 2020 · Ver en el BOE
Índice
- [preambulo]
- Artículo único. Aprobación de la instrucción técnica complementaria ITC MI-IP 04 «Instalaciones para suministro a vehículos».
- Disposición adicional primera. Guía técnica.
- Disposición adicional segunda. Adecuación de instalaciones petrolíferas de las Fuerzas Armadas.
- Disposición adicional tercera. Condiciones generales para la distribución al por menor de carburantes y combustibles a vehículos en instalaciones de venta al público.
- Disposición adicional cuarta. Libro de revisiones, pruebas e inspecciones.
- Disposición adicional quinta. Régimen de funcionamiento de los sistemas de verificación de la estanqueidad evaluados con el procedimiento indicado en el informe UNE 53968 IN.
- Disposición transitoria primera. Revisión e inspección de las instalaciones existentes.
- Disposición transitoria segunda. Instalaciones enterradas existentes con tanques de simple pared y/o tuberías de impulsión de simple pared.
- Disposición transitoria tercera. Instalaciones enterradas existentes con tuberías en aspiración.
- Disposición transitoria cuarta. Instalaciones en ejecución.
- Disposición transitoria quinta. Instalaciones en régimen desatendido.
- Disposición derogatoria única. Derogación de normativa.
- Disposición final primera. Modificación de la ITC MI-IP 05 «Instaladores o reparadores y empresas instaladoras o reparadoras de productos petrolíferos líquidos», aprobada por el Real Decreto 365/2005, de 8 de abril.
- Disposición final segunda. Modificación del Real Decreto 2085/1994, de 20 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones Petrolíferas.
- Disposición final tercera. Titulo competencial.
- Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
- [firma]
- INSTRUCCIÓN
- CAPÍTULO I
- CAPÍTULO II
- CAPÍTULO III
- CAPÍTULO IV
- CAPÍTULO V
- CAPÍTULO VI
- CAPÍTULO VII
- CAPÍTULO VIII
- CAPÍTULO IX
- CAPÍTULO X
- CAPÍTULO XI
- CAPÍTULO XII
- CAPÍTULO XIII
- CAPÍTULO XIV
- CAPÍTULO XV
- CAPÍTULO XVI
- ANEXO


