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Legislación › Ley 3/2019, de 18 de febrero, de servicios sociales inclusivos de la Comunitat Valenciana.

Disposición adicional tercera. Ratio de personal del servicio de inspección en materia de servicios sociales.

Disposición adicional tercera. Ratio de personal del servicio de inspección en materia de servicios sociales.

El personal del servicio de inspección en materia de servicios sociales se incrementará progresivamente, hasta conseguir una ratio de un inspector o inspectora por cada 125.000 habitantes, en el plazo máximo de tres años.

Se modifica por el art. 66 de la Ley 7/2021, de 29 de diciembre. BOE-A-2022-1018

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2022 En vigor BOE-A-2022-1018 Leer Qué cambió
21 de marzo de 2019 Texto original Leer

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