Legislación › Ley 1/2019, de 1 de marzo, para la recuperación de la memoria democrática en el Principado de Asturias.
Artículo 33. Preservación de los lugares de la memoria democrática de Asturias.
Artículo 33. Preservación de los lugares de la memoria democrática de Asturias.
Las áreas declaradas como lugares de la memoria democrática de Asturias serán objeto de preservación especial, de conformidad con las figuras de planeamiento urbanístico y el desarrollo reglamentario de la presente ley.


