Legislación › Ley 12/2019, de 12 de marzo, de consultas populares y procesos participativos.
Artículo 22. Publicación.
Artículo 22. Publicación.
1. El decreto de convocatoria se publicará en el «Butlletí Oficial de les Illes Balears», como mínimo con dos meses de antelación a la fecha prevista para la votación.
2. Además, se publicará en el web de la institución, y se difundirá a través de edictos del ayuntamiento, de los tablones de anuncios de las oficinas municipales, y a través de todas las redes sociales que, de manera ordinaria, utilice la corporación municipal.


