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Legislación › Ley 12/2019, de 12 de marzo, de consultas populares y procesos participativos.

Artículo 22. Publicación.

Artículo 22. Publicación.

1. El decreto de convocatoria se publicará en el «Butlletí Oficial de les Illes Balears», como mínimo con dos meses de antelación a la fecha prevista para la votación.

2. Además, se publicará en el web de la institución, y se difundirá a través de edictos del ayuntamiento, de los tablones de anuncios de las oficinas municipales, y a través de todas las redes sociales que, de manera ordinaria, utilice la corporación municipal.

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