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Legislación › Decreto Ley 1/2020, de 17 de enero, por el turismo responsable y la mejora de la calidad en zonas turísticas.

Artículo 16. Sanciones.

Artículo 16. Sanciones.

1. A las infracciones muy graves les corresponde una sanción entre 60.001 y 600.000 euros.

2. A las infracciones graves les corresponde una sanción entre 6.001 y 60.000 euros.

3. A las infracciones leves les corresponde una sanción entre 1.000 y 6.000 euros, excepto la infracción de la prohibición contenida en el artículo 8 bis, a la que le corresponde una sanción entre 500 y 1.500 euros.

Se modifica el apartado 3 por el art. 2.10 del Decreto-ley 2/2024, de 10 de mayo. BOE-A-2024-13580

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
12 de mayo de 2024 En vigor BOE-A-2024-13580 Leer Qué cambió
23 de enero de 2020 Texto original Leer

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