Legislación › Decreto Ley 1/2020, de 17 de enero, por el turismo responsable y la mejora de la calidad en zonas turísticas.
Artículo 16. Sanciones.
Artículo 16. Sanciones.
1. A las infracciones muy graves les corresponde una sanción entre 60.001 y 600.000 euros.
2. A las infracciones graves les corresponde una sanción entre 6.001 y 60.000 euros.
3. A las infracciones leves les corresponde una sanción entre 1.000 y 6.000 euros, excepto la infracción de la prohibición contenida en el artículo 8 bis, a la que le corresponde una sanción entre 500 y 1.500 euros.
Se modifica el apartado 3 por el art. 2.10 del Decreto-ley 2/2024, de 10 de mayo. BOE-A-2024-13580
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 12 de mayo de 2024 En vigor | BOE-A-2024-13580 | Leer | Qué cambió |
| 23 de enero de 2020 | Texto original | Leer |


