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Real Decreto 809/2021, de 21 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de equipos a presión y sus instrucciones técnicas complementarias.
En vigor Ministerio de Industria, Comercio y Turismo · Publicada el 11 de octubre de 2021 · Último cambio el 3 de septiembre de 2025 · Ver en el BOE
Índice
- [preambulo]
- Artículo único. Aprobación del Reglamento de equipos a presión y las instrucciones técnicas complementarias EP-1 a EP-7.
- Disposición adicional primera. Equipos a presión existentes.
- Disposición adicional segunda. Equipos a presión usados procedentes de otro Estado miembro de la Unión Europea o asimilados.
- Disposición adicional tercera. Equipos a presión usados procedentes de países no pertenecientes a la Unión Europea o asimilados.
- Disposición adicional cuarta. Régimen jurídico aplicable a los generadores de aerosoles.
- Disposición adicional quinta. Cobertura de seguro u otra garantía equivalente suscrito en otro Estado.
- Disposición adicional sexta. Competencias del Ministerio de Defensa.
- Disposición adicional séptima. Aceptación de documentos de otros Estados miembros a efectos de acreditación del cumplimiento de requisitos.
- Disposición adicional octava. Obligaciones en materia de información y de reclamaciones.
- Disposición adicional novena. Sustitución de válvulas de botellas de respiración autónoma.
- Disposición transitoria primera. Organismos de control habilitados con anterioridad a la entrada en vigor de este real decreto.
- Disposición transitoria segunda. Instalaciones en fase de tramitación.
- Disposición transitoria tercera. Empresas instaladoras o reparadoras habilitadas con anterioridad a la entrada en vigor de este real decreto.
- Disposición transitoria cuarta. Modificación de instalaciones de calderas existentes.
- Disposición transitoria quinta. Utilización de recipientes a presión transportables.
- Disposición transitoria sexta. Colores de identificación de las botellas de respiración autónoma.
- Disposición transitoria séptima. Modelo de etiqueta adhesiva de inspección visual.
- Disposición transitoria octava. Regularización de equipos e instalaciones.
- Disposición transitoria novena. Centros de inspección periódica de botellas de respiración autónoma habilitados con anterioridad a la entrada en vigor de este real decreto.
- Disposición transitoria décima. Cámaras hiperbáricas existentes.
- Disposición transitoria undécima. Procedimiento de inspección de calderas de la ITC EP-1.
- Disposición derogatoria única. Derogación de normativa.
- Disposición final primera. Modificación de la instrucción técnica complementaria ITC-LAT 09 «Anteproyectos y Proyectos», aprobada por el Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09.
- Disposición final segunda. Modificación de la instrucción técnica complementaria ITC-RAT 20 «Anteproyectos y Proyectos», aprobada por el Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus Instrucciones Técnicas Complementarias ITC-RAT 01 a 23.
- Disposición final tercera. Modificación de la Instrucción técnica complementaria «MIE-AEM-4» del Reglamento de aparatos de elevación y manutención, referente a grúas móviles autopropulsadas aprobada por el Real Decreto 837/2003, de 27 de junio.
- Disposición final cuarta. Título competencial.
- Disposición final quinta. Habilitaciones normativas.
- Disposición final sexta. Medidas de aplicación.
- Disposición final séptima. Entrada en vigor.
- [firma]
- REGLAMENTO
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
- Artículo 2. Definiciones.
- CAPÍTULO II
- Artículo 3. Condiciones generales.
- Artículo 4. Instalación.
- Artículo 5. Puesta en servicio.
- CAPÍTULO III
- Artículo 6. Inspecciones periódicas.
- Artículo 7. Reparaciones.
- Artículo 8. Modificaciones. 2 redacciones · cambió el 18/03/2023
- CAPÍTULO IV
- Artículo 9. Obligaciones de las usuarias y usuarios.
- Artículo 10. Instrucciones Técnicas Complementarias (ITC).
- Artículo 11. Organismos de control habilitados (O.C.).
- Artículo 12. Condiciones especiales.
- Artículo 13. Accidentes.
- Artículo 14. Responsabilidades.
- Artículo 15. Infracciones y sanciones.
- ANEXO I
- ANEXO II
- ANEXO III
- ANEXO IV
- ANEXO V
- INSTRUCCIÓN EP-1
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Ámbito de aplicación.
- Artículo 2. Definiciones.
- CAPÍTULO II
- Artículo 3. Clasificación de las calderas.
- Artículo 4. Instalación.
- Artículo 5. Puesta en servicio.
- Artículo 6. Prescripciones de seguridad de la instalación.
- Artículo 7. Sistemas de vigilancia de las calderas.
- Artículo 8. Agua de alimentación y agua de la caldera.
- CAPÍTULO III
- Artículo 9. Inspecciones periódicas.
- Artículo 10. Reparaciones.
- Artículo 11. Modificaciones.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 12. Obligaciones de las usuarias y usuarios.
- Artículo 13. Operadores u operadoras de calderas.
- CAPÍTULO V
- Artículo 14. Calderas de recuperación de lejías negras.
- CAPÍTULO VI
- Artículo 15. Normas UNE para la aplicación de la ITC.
- ANEXO I
- ANEXO II
- ANEXO III
- ANEXO IV
- INSTRUCCIÓN EP-2
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Ámbito de aplicación.
- Artículo 2. Definiciones.
- CAPÍTULO II
- Artículo 3. Categorías.
- Artículo 4. Prescripciones de seguridad.
- Artículo 5. Instalación.
- Artículo 6. Puesta en servicio.
- CAPÍTULO III
- Artículo 7. Inspecciones periódicas.
- Artículo 8. Reparaciones.
- Artículo 9. Inspecciones de aparatos reparados.
- Artículo 10. Valores de presión de pruebas posteriores a la puesta en servicio.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 11. Condiciones de operación.
- Artículo 12. Mantenimiento.
- Artículo 13. Otros controles.
- ANEXO
- INSTRUCCIÓN EP-3
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Ámbito de aplicación.
- Artículo 2. Definiciones.
- CAPÍTULO II
- Artículo 3. Clasificación de recipientes. 2 redacciones · cambió el 18/03/2023
- Artículo 4. Instalación.
- Artículo 5. Puesta en servicio.
- CAPÍTULO III
- Artículo 6. Inspecciones periódicas.
- Artículo 7. Reparaciones.
- Artículo 8. Modificaciones.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 9. Obligaciones de las usuarios y usuarios.
- Artículo 10. Normas UNE para la aplicación de la ITC.
- ANEXO I
- ANEXO II
- INSTRUCCIÓN EP-4
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Ámbito de aplicación.
- Artículo 2. Definiciones.
- CAPÍTULO II
- Artículo 3. Clasificación de los depósitos criogénicos.
- Artículo 4. Instalación.
- Artículo 5. Puesta en servicio.
- Artículo 6. Prescripciones de seguridad de la instalación.
- CAPÍTULO III
- Artículo 7. Inspecciones periódicas.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 8. Obligaciones de las usuarias y los usuarios.
- ANEXO I
- ANEXO II
- INSTRUCCIÓN EP-5
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Ámbito de aplicación.
- Artículo 2. Definiciones.
- CAPÍTULO II
- Artículo 3. Centro de recarga de botellas.
- Artículo 4. Centros de inspección periódica de botellas. 3 redacciones · cambió el 03/09/2025
- Artículo 5. Centros de inspección visual de botellas.
- Artículo 6. Recarga de botellas de otros países.
- CAPÍTULO III
- Artículo 7. Inspección periódica de las botellas.
- Artículo 8. Rechazo y retirada de las botellas defectuosas.
- Artículo 9. Inspección visual.
- Artículo 10. Comprobaciones previas a la recarga de botellas.
- Artículo 11. Inspección periódica de los centros de recarga y centros de inspección.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 12. Emplazamiento de la zona de recarga.
- Artículo 13. Instalaciones para mezclas respirable de gases.
- Artículo 14. Componentes de las instalaciones.
- Artículo 15. Almacenamiento de botellas.
- CAPÍTULO V
- Artículo 16. Recarga de botellas mediante compresores portátiles.
- CAPÍTULO VI
- Artículo 17. Normas UNE para la aplicación de la ITC.
- ANEXO I
- ANEXO II
- ANEXO III
- INSTRUCCIÓN EP-6
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Ámbito de aplicación.
- Artículo 2. Definiciones.
- CAPÍTULO II
- Artículo 3. Tipos de acoplamientos de salida.
- Artículo 4. Etiquetado y Colores de identificación.
- Artículo 5. Condiciones de utilización de los recipientes.
- Artículo 6. Inspecciones periódicas de los recipientes.
- CAPÍTULO III
- Artículo 7. Centros de recarga de gases.
- Artículo 8. Condiciones de emplazamiento de los Centros de recarga.
- Artículo 9. Condiciones previas a la recarga.
- Artículo 10. Recarga de recipientes de otros países.
- Artículo 11. Inspección periódica de los centros de recarga.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 12. Normas UNE para la aplicación de la ITC.
- ANEXO I
- ANEXO II
- INSTRUCCIÓN EP-7
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Ámbito de aplicación.
- Artículo 2. Definiciones.
- CAPÍTULO II
- Artículo 3. Clasificación de equipos.
- Artículo 4. Instalación.
- Artículo 5. Puesta en servicio.
- CAPÍTULO III
- Artículo 6. Inspecciones periódicas.
- Artículo 7. Disposición de las anomalías detectadas.
- Artículo 8. Reparaciones.
- Artículo 9. Modificaciones.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 10. Obligaciones de las usuarias y usuarios.
- ANEXO


