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Orden DEF/1252/2021, de 11 de noviembre, por la que se determinan los supuestos y se establece el procedimiento para resarcir económicamente al Estado en caso de renuncia a la condición de militar, pase a determinadas situaciones administrativas o baja en las enseñanzas de formación, perfeccionamiento o Altos Estudios de la Defensa Nacional.
En vigor Ministerio de Defensa · Publicada el 17 de noviembre de 2021 · Último cambio el 17 de noviembre de 2021 · Ver en el BOE
Índice
- [preambulo]
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
- Artículo 2. Cómputo de tiempos de servicio a efectos de resarcimiento.
- CAPÍTULO II
- Artículo 3. Renuncia a la condición de militar de carrera.
- Artículo 4. Pase a la situación de excedencia por prestación de servicios en el sector público.
- Artículo 5. Pase a la situación de excedencia voluntaria por interés particular.
- Artículo 6. Pase a la situación de servicio en la Administración civil.
- Artículo 7. Baja en la enseñanza de formación.
- Artículo 8. Baja en la enseñanza de perfeccionamiento y Altos Estudios de la Defensa Nacional.
- Artículo 9. Exenciones.
- CAPÍTULO III
- Artículo 10. Orden de incoación del expediente de resarcimiento.
- Artículo 11. Instructor.
- Artículo 12. Valoración de la cantidad a resarcir.
- Artículo 13. Terminación del expediente de resarcimiento.
- Disposición adicional única. Facultad de desarrollo.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final única. Entrada en vigor.
- [firma]
- ANEXO I
- ANEXO II


