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Orden DEF/1252/2021, de 11 de noviembre, por la que se determinan los supuestos y se establece el procedimiento para resarcir económicamente al Estado en caso de renuncia a la condición de militar, pase a determinadas situaciones administrativas o baja en las enseñanzas de formación, perfeccionamiento o Altos Estudios de la Defensa Nacional.

En vigor Ministerio de Defensa · Publicada el 17 de noviembre de 2021 · Último cambio el 17 de noviembre de 2021 · Ver en el BOE

Índice

  1. [preambulo]
  2. CAPÍTULO I
  3. Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
  4. Artículo 2. Cómputo de tiempos de servicio a efectos de resarcimiento.
  5. CAPÍTULO II
  6. Artículo 3. Renuncia a la condición de militar de carrera.
  7. Artículo 4. Pase a la situación de excedencia por prestación de servicios en el sector público.
  8. Artículo 5. Pase a la situación de excedencia voluntaria por interés particular.
  9. Artículo 6. Pase a la situación de servicio en la Administración civil.
  10. Artículo 7. Baja en la enseñanza de formación.
  11. Artículo 8. Baja en la enseñanza de perfeccionamiento y Altos Estudios de la Defensa Nacional.
  12. Artículo 9. Exenciones.
  13. CAPÍTULO III
  14. Artículo 10. Orden de incoación del expediente de resarcimiento.
  15. Artículo 11. Instructor.
  16. Artículo 12. Valoración de la cantidad a resarcir.
  17. Artículo 13. Terminación del expediente de resarcimiento.
  18. Disposición adicional única. Facultad de desarrollo.
  19. Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
  20. Disposición final única. Entrada en vigor.
  21. [firma]
  22. ANEXO I
  23. ANEXO II