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Legislación › Decreto-ley 1/2023, de 20 de marzo, de medidas urgentes para el impulso de la transición energética y el consumo de cercanía en Aragón.

Artículo 40. Autorización de infraestructuras complementarias.

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Artículo 40. Autorización de infraestructuras complementarias.
1. Las infraestructuras energéticas necesarias para utilizar los excedentes de energía de las instalaciones de producción a las que se refiere el artículo anterior, tales como las líneas directas, se autorizarán conforme al régimen que les resulte de aplicación. Deberán ponderarse los impactos ambientales, territoriales y económicos ya provocados por la instalación de producción y los que pudieran causar las nuevas infraestructuras precisas para el aprovechamiento de los excedentes de energía.
2. La autorización de las infraestructuras complementarias de instalaciones de producción, cuando se conecten a un consumidor que, simultáneamente, esté conectado a la red en condición de tal, requerirá, en su caso y conforme establece el apartado primero del artículo 32 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, autorización expresa de la Dirección General competente en materia de energía.
3. La autorización lo será a los solos efectos de hacer viable el consumo de cercanía a través de autoconsumo sin excedentes, individual o colectivo, sin que pueda alterarse en modo alguno el permiso de acceso y conexión que ampara el vertido de la instalación hibridada ni, en supuesto alguno, autorizar vertidos adicionales a la red.
Téngase en cuenta que se suspende la vigencia y aplicación de los apartados 2 y 3 desde el 21 de diciembre de 2023 para las partes del proceso y desde el 7 de febrero de 2024 para los terceros, por providencia del TC de 30 de enero de 2024 que admite a trámite el recurso de inconstitucionalidad n.º 8042-2023. BOE-A-2024-2247

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
30 de mayo de 2024 En vigor BOE-A-2024-10948 Leer Qué cambió
7 de febrero de 2024 BOE-A-2024-2247 Leer Qué cambió
21 de marzo de 2023 Texto original Leer

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