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Legislación › Ley 2/2023, de 7 de febrero, de la actividad física y el deporte de las Illes Balears.

Artículo 135. Instalaciones deportivas de los centros de enseñanza.

Artículo 135. Instalaciones deportivas de los centros de enseñanza.

Las administraciones públicas tienen que incentivar y procurar la utilización de las instalaciones deportivas de los centros de enseñanza fuera del horario lectivo.

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