Legislación › Ley 2/2023, de 7 de febrero, de la actividad física y el deporte de las Illes Balears.
Artículo 135. Instalaciones deportivas de los centros de enseñanza.
Artículo 135. Instalaciones deportivas de los centros de enseñanza.
Las administraciones públicas tienen que incentivar y procurar la utilización de las instalaciones deportivas de los centros de enseñanza fuera del horario lectivo.


