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Legislación › Ley 2/2023, de 7 de febrero, de la actividad física y el deporte de las Illes Balears.

Artículo 137. Sostenibilidad en las instalaciones y los equipamientos deportivos.

Artículo 137. Sostenibilidad en las instalaciones y los equipamientos deportivos.

Las administraciones deportivas velarán para que las instalaciones y los equipamientos deportivos sean sostenibles e impulsarán medidas de eficiencia y ahorro energético que garanticen el respeto al medio ambiente.

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